Miércoles 18 de octubre de 2006, por
La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos considera conveniente reiterar
La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos considera conveniente reiterar:
1º) Que la posición de la Oficina sobre la Ley 975 de 2005 (Ley de “justicia y paz”) está claramente fijada en el Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia (Doc. E/CN.4/2006/9 de 20 de enero de 2006, Anexo V, parr. 16 y s.s. -Pág web www.hchr.org.co- ), dado a conocer en febrero de este año.
2º) Que en el citado Informe la Alta Comisionada invita al Gobierno y al Congreso “a introducir en la legislación sobre la desmovilización y reincorporación de miembros de grupos armados ilegales las reformas necesarias para que esa normativa sea más compatible con los principios y normas internacionales sobre los derechos de las víctimas a la verdad, a la justicia y a la reparación, con la debida atención a las situaciones especiales de las mujeres, los niños y las minorías étnicas”.
3º) Que en ejercicio de su mandato la Oficina continuará dando permanente seguimiento a las medidas adoptadas para aplicar la Ley 975, y hará conocer al Estado colombiano sus preocupaciones, observaciones y recomendaciones sobre las mismas. Esto de conformidad con lo estipulado en la Sección V, 8 del Acuerdo relativo al establecimiento de la Oficina en Colombia.
4) Que en desarrollo de sus funciones de observación y seguimiento la Oficina ha solicitado al Gobierno adoptar todas las medidas necesarias para prevenir la comisión de nuevas conductas punibles por parte de personas que se hayan acogido a la Ley de justicia y paz.
Afiliado a la Federación Internacional de Derechos Humanos
y la Organización Mundial contra la Tortura
Estatus Consultivo en la OEA
Ed. Avianca: Calle 16 No. 6-66 Piso 25
Bogotá D.C.
PBX: (571) 2846040
FAX: (571) 2824270
Apartado Aéreo: 33035