POR QUÉ RESTABLECER PRIORITARIAMENTE LOS DERECHOS DE NIÑOS Y NIÑAS EN SITUACIÓN DE DESPLAZAMIENTO?

Aunque es bien sabido que el desplazamiento forzado constituye una tragedia humanitaria que produce en todas las personas que lo padecen profundas heridas morales, padecimientos, desarraigos y pérdidas irreparables, su impacto en grupos poblacionales específicos no ha sido tenido en cuenta con la relevancia que merece. Uno de estos grupos lo constituye la población menor de dieciocho años; a quienes el fenómeno afecta en gran medida.

 

 

El Estado colombiano ha suscrito diversos tratados y pactos internacionales en los que se reconoce la especial protección que requieren los más jóvenes y se acepta el compromiso de garantizar sus derechos. Este reconocimiento y la obligación de garantía están expresamente consignados en la Carta Política colombiana, que establece que los derechos de los niños y las niñas prevalecerán sobre los derechos de todos los demás ciudadanos y ha adoptado el principio del “interés superior” como criterio orientador de políticas y comportamientos.

Además de la obligación legal, constituye un imperativo ético del Estado y de la sociedad priorizar los derechos de TODOS los niños y niñas. Por esta razón, la existencia de niños y niñas en situación de desplazamiento, implica un profundo cuestionamiento a las responsabilidades constitucionales del Estado y exige acciones inmediatas de reparación de los derechos vulnerados.

 

 

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