(Colombia)(Autor: OBSURDH)(Fecha: Septiembre 27 de 2010)
DR/068/10
El Observatorio Surcolombiano de Derechos y Violencia–OBSURDH, denuncia públicamente ante la comunidad nacional e internacional los seguimientos, filmaciones indebidas y hostigamientos contra el abogado defensor de Derechos Humanos y miembro del Observatorio Surcolombiano De Derechos Humanos, Daniel Prado Albarracín y sus familiares en la ciudad de Bogotá, Colombia
HECHOS
El día 30 de junio al llegar los hijos del abogado Daniel Prado Albarracín a la casa de de su propiedad localizada en un sitio residencial de la ciudad de Bogotá, descubrieron que desde el tejado de una casa vecina, un hombre que portaba gorro, chaqueta deportiva y gafas oscuras que cubrían parte de su rostro desconocido les filmó durante varios minutos con una cámara de video. Vecinos del lugar y familiares del Defensor de Derechos Humanos Daniel Prado Albarracín lograron fotografiar al individuo, quien al verse sorprendido emprendió la fuga del lugar.
Cuatro días después se presentó a la casa donde habitan los hijos del señor Daniel Prado Albarracín un hombre desconocido que dijo ser un trabajador informal y que había sido enviado por un Ingeniero. Pretendió ingresar a la vivienda con el argumento de realizar reparaciones locativas que no habían sido contratadas por los dueños de la vivienda. Al percatarse de la irregularidad, el abogado dio aviso a la policía. Luego de algunos minutos de permanencia, el frente de la vivienda, el individuo se retiro sin que hasta ese momento hicieran presencia miembros de la Policía Nacional.
El día 12 de julio a las 6:30 P.M. cuando el abogado defensor de Derechos Humanos Daniel Prado Albarracín transitaba a pie cerca de su casa, dos hombres que viajaban en sentido contrario en una moto de alto cilindraje, se le acercaron, disminuyeron significativamente la velocidad y le miraron insistentemente. Luego reiniciaron la marcha, pasaron por su lado y luego de avanzar pocos metros a sus espaldas se devolvieron, redujeron nuevamente la velocidad, pasaron muy cerca y después aceleraron para alejarse del abogado, lo que le generó una fuerte tensión e incertidumbre.
Desde el día 30 de junio se ha incrementado la presencia de automotores sospechosos en los alrededores de la casa donde habitan el abogado y sus hijos. Con mucha frecuencia se reciben llamadas que al ser contestadas no reciben respuesta, en lo que parecería ser una estrategia para conocer quienes se encuentran habitando la vivienda.
La creciente presión psicológica por parte de desconocidos obligó a los miembros de la familia a salir del país entre los días 29 de julio y 19 de agosto.
CONTEXTO
El jurista Daniel Prado Albarracín hace parte del grupo de defensores de derechos humanos a los que la dirección del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), les realizó seguimientos, ubicación de sus lugares de trabajo, toma de fotografías a su grupo familiar, según consta en el denominado “Proceso por las interceptaciones ilegales del DAS”, ampliamente difundido nacional e internacionalmente.
Es necesario mencionar que los seguimientos al abogado Prado Albarracín no son recientes. Hace aproximadamente dos años al salir de la Fiscalía General de la Nación, notó que era reiteradamente fotografiado por una persona desconocida. Al ser capturado en flagrancia por agentes del orden, el sujeto se identificó como miembro del DAS.
A pesar de las reiteradas solicitudes de adopción de medidas de seguridad para el abogado Daniel Prado y para el conjunto de los Defensores de Derechos Humanos en Colombia, relacionadas con las condiciones de vulnerabilidad en que se encuentran todos los defensores de Derechos Humanos, no existe una política de protección claramente definida por parte del Ministerio del Interior y Justicia.
Las consecuencias son elocuentes. Los defensores de Derechos Humanos en Colombia periódicamente reciben amenazas de muerte, golpizas, hostigamientos, seguimientos, detenciones arbitrarias, robos de sus equipos de cómputo, en medio de unos escandalosos niveles de impunidad sin que hasta ahora se hayan esclarecido y sancionado a los autores materiales o intelectuales de éstas violaciones a sus Derechos Humanos.
La impunidad reinante en Colombia, aumenta el riesgo de atentados contra los derechos civiles y políticos de amplios sectores de nuestra sociedad entre los que ocupan lugar destacado los defensores de Derechos Humanos, como viene sucediendo desde hace más de veinte años y que se recrudeció, amplió y degradó hasta límites irracionales durante los últimos dos periodos presidenciales pasados.
Las acciones amenazantes contra los líderes sociales y defensores de Derechos Humanos se enmarcan dentro de lo que al parecer es una campaña nacional de amedrentamientos, hostigamientos, detenciones arbitrarias, amenazas de muerte y ejecuciones extrajudiciales que demuestran las enormes falencias de la llamada “Política de Seguridad Democrática”, que pretende continuar el presidente Juan Manuel Santos.
La semejanza en las acciones denunciadas en este nuevo caso con las que continúan denunciándose en el resto de territorio nacional, generan la sospecha de que dicha estrategia pretende aterrorizar a defensores de Derechos Humanos, imposibilitar una mayor unidad y capacidad de lucha de los sectores populares, desarticular procesos organizativos de resistencia civil ante la grave crisis económica política y social que vive el país, garantizando de paso el mantenimiento del control social, político, militar y económico por parte de sectores afines a la política de la “Seguridad Democrática” y al paramilitarismo.
SOLICITUDES:
A la Procuraduría General de la Nación.
1. Que se realice una pronta, eficaz y exhaustiva investigación para hallar a los responsables materiales e intelectuales de las acciones desestabilizadoras contra el abogado defensor de derechos humanos y miembro del Observatorio Surcolombiano de Derechos Humanos, Daniel Prado Albarracín y sus familiares en la ciudad de Bogotá.
2. Que se les sancione ejemplarmente para evitar vuelvan a suceder actos que atenten contra la vida, la integridad, la salud mental y el conjunto de los Derechos Humanos de los defensores de Derechos Humanos en el territorio nacional.
A las Organizaciones No Gubernamentales Defensoras de Derechos Humanos, Locales, Nacionales e Internacionales
1. Difundir profusamente la presente denuncia pública y acción urgente, con el fin de contribuir a develar los altos niveles de vulnerabilidad que soportan los defensores de Derechos humanos en Colombia, gracias a la insultante impunidad que han promovido los tres últimos gobiernos nacionales, incluido el gobierno nacional de turno.
2. Generar acciones concretas de solidaridad y acompañamiento activo, real, efectivo y permanente al defensor de derechos humanos Daniel Prado Albarraciín, a sus familiares y a los miembros del Observatorio Surcolombiano de Derechos y Violencia – OBSURDH y al conjunto de las organizaciones defensoras de Derechos Humanos del país, con el propósito de evitar la acción debilitante del terror y la persecución contra las organizaciones sociales.
3. Demandar del Gobierno Nacional se suspendan inmediatamente los asesinatos, hostigamientos, amenazas de muerte y persecución contra defensores de Derechos Humanos en el territorio colombiano.
4. Exigir del Gobierno Nacional se establezcan los mecanismos administrativos, jurídicos y políticos que permitan reducir a la mayor brevedad posible los altísimos niveles de impunidad reinante en Colombia, unas de cuyas víctimas son los Defensores de Derechos Humanos y los habitantes de los sectores populares de la nación colombiana.
5. Reclamar del Gobierno Nacional se apliquen de manera inmediata medidas apropiadas para garantizar la vida la integridad física y psicológica del jurista Daniel Prado, sus familiares y demás huilenses víctimas de violaciones de los Derechos Humanos que hoy enlutan a centenares de familias en el departamento del Huila y en el territorio nacional.
6. Demandar del gobierno de Juan Manuel Santos, el inmediato cumplimiento de lo dispuesto por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en lo referente a garantizar la “Protección del derecho de toda persona individual o colectivo, de promover la protección y el respeto de los derechos humanos, de las libertades fundamentales, tanto en el plano nacional como internacional y a esforzarse por ellos” (Artículo 1), así como en lo relativo al “Deber del Estado de garantizar la protección de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia o represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración” (artículo 12.2).