- Esta decisión ratifica una vez más que el uso ilegal de herramientas de inteligencia por parte del Estado colombiano ha sido una práctica sistemática contra civiles.
- En el caso del Colectivo de Abogados y Abogañdas “José Alvear Restrepo” (CAJAR), el testimonio del sargento Cadena confirmó que sí hubo perfilamiento de sus integrantes, corroborando lo determinado en decisión de la Corte IDH hace poco más de un año.
Bogotá, 7 de mayo de 2025. La Procuraduría General de la Nación sancionó a nueve militares activos por el uso ilegal de herramientas de inteligencia estatal contra personas defensoras de derechos humanos, entre ellas integrantes del Colectivo de Abogados y Abogadas José Alvear Restrepo (Cajar), periodistas, sindicalistas y políticos de oposición, entre ellos destacamos al senador Gustavo Bolívar y el sindicalista Humberto Correa Gómez en 2019, cuando el Ejército Nacional se encontraba al mando del general Nicacio Martínez.
La Procuraduría ratificó que estas actividades de inteligencia y perfilamiento realizadas por integrantes del Ejército Nacional durante el gobierno de Iván Duque fueron ejecutadas de forma deliberada, consciente y sin sustento legal, a través de órdenes verbales para evitar dejar registro de su ilegalidad.
Afirmó también que el uso de estas herramientas, sin justificación y sin amenaza real contra el Estado, constituye una extralimitación de funciones y una infracción a lo establecido por la Ley 1621 de 2013 (sobre actividades de inteligencia y contrainteligencia).
Esta norma, en sus artículos 4 y 5, establece que la inteligencia del Estado debe tener como fin la defensa de la soberanía nacional, la preservación del orden constitucional y la protección de los derechos humanos. Por tanto, usarla contra la ciudadanía, al margen de la ley y sin los controles institucionales debidos, representa un grave abuso del poder estatal.
Aunque estos casos no son aislados, sino que hacen parte de prácticas criminales sistemáticas e históricas del Estado colombiano, es de resaltar que los casos analizados por la Procuraduría para la toma de esta decisión están especialmente ligados a la persecución de personas u organizaciones de la sociedad civil que en ese momento denunciaban que las ejecuciones extrajudiciales de jóvenes para presentarlos falsamente como ‘bajas’ en combate consistían en un patrón criminal.
Este fallo ratifica las denuncias que desde el movimiento social y de derechos humanos hemos realizado nacional e internacionalmente, así como el hecho de que el Estado no puede justificar actos de inteligencia contra la sociedad civil bajo el pretexto de que las fuentes son “libres y abiertas”. Hacerlo constituye una infracción a los límites legales del accionar militar y una amenaza directa a los derechos humanos, fundamentales y a la democracia.
“Seguiremos insistiendo en el esclarecimiento total de estos hechos y en la garantía de no repetición. La vigilancia y la rendición de cuentas de las fuerzas militares deben ser una prioridad en cualquier sociedad que aspire a la justicia y al respeto de los derechos humanos,” afirmó Yessika Hoyos, presidenta de Cajar.
La Procuraduría impuso sanciones disciplinarias consistentes en suspensión e inhabilidad sin derecho a remuneración, diferenciadas según el número de veces en que se cometió la falta.
Entre los sancionados están: coronel Milton Eugenio Rozo Delgado, teniente Luis Carlos Perdomo, brigadier general Gonzalo Ernesto Luna, coronel Juan Esteban Zapata, coronel Benjamín Andrés Ramírez Villalobos, coronel Julio Tobías López Cuadros, coronel Hugo Armando Hernández Mejía, mayor Mauricio Quintero Arias y mayor Eduardo de la Torre Díaz.