A 18 años de prisión fue condenado el patrullero de la Policía que ocasionó la muerte a Anthony Estrada, un avance en justicia para las víctimas de la masacre del 9S en Soacha y Bogotá 

A 18 años de prisión fue condenado el patrullero de la Policía que ocasionó la muerte a Anthony Estrada, un avance en justicia para las víctimas de la masacre del 9S en Soacha y Bogotá 

  • En junio del año pasado, gracias a la incesante búsqueda de justicia de los familiares y del Cajar, como su representante, el expolicía Óscar Alexander Márquez fue inhabilitado por 20 años de su cargo y Wilmer Andrés Ricaurte por ocho. 
  • En ese momento, la Procuraduría determinó que Márquez incurrió en un uso excesivo e injustificado de la fuerza en contra de la víctima, disparando de forma indiscriminada el arma en su contra, lo que le ocasionó la muerte, y que Ricaurte hizo un uso indebido de su arma de fuego durante las manifestaciones, incumpliendo los mecanismos institucionales definidos para garantizar la seguridad en las protestas.   
  • El 9 de abril de este año, en sentido de fallo, la jueza a cargo del caso expidió orden de captura inmediata contra Óscar Alexander Márquez Rojas, debido a que desde hace más de un año el expatrullero no comparecía en el proceso, incumpliendo órdenes de la autoridad judicial, especialmente la orden de detención domiciliaria, pues se desconoce en este momento su paradero. 

Bogotá, 19 de junio de 2026. El Colectivo de Abogados y Abogadas José Alvear Restrepo (Cajar), como representante de las víctimas, se permite informar que el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Soacha acaba de condenar a 18 años de prisión al patrullero Óscar Alexander Márquez Rojas por el homicidio del joven venezolano Anthony Estrada, una de las 13 víctimas de la masacre del 9S, cometida por agentes del Estado en una respuesta brutal contra la ciudadanía que manifestaba su digna rabia por el cruento asesinato del abogado Javier Ordóñez, también a manos de policías.    

Márquez Rojas fue condenado como autor del delito de homicidio en concurso heterogéneo, con el delito de ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio. El Juzgado le negó suspensión condicional de la pena y la posibilidad de prisión domiciliaria. 

El Juzgado también condenó a la pena de 4 años de prisión al agente de la Policía Wilmer Andrés Ricaurte Pinilla por el delito de ocultamiento, alteración, o destrucción de material probatorio, a quien sí le concedió la posibilidad de cumplir su condena en domiciliaria.  

Este fallo reconoce el uso ilegal de fuerza letal por parte de agentes de la Policía Nacional y el posterior encubrimiento. El proceso judicial permitió establecer que los agentes hicieron uso de armas de fuego contra la población civil entre la noche del 9 de septiembre y la madrugada del 10 de septiembre de 2020 en Soacha y Bogotá. 

La decisión judicial concluyó que Anthony Gabriel Estrada Espinoza, ciudadano venezolano, murió como consecuencia del impacto de un proyectil disparado con el arma de dotación asignada al patrullero Márquez Rojas. 

Uno de los elementos centrales del fallo fue la evidencia técnico-científica y balística practicada durante el proceso. El proyectil recuperado del cuerpo de Anthony durante la necropsia fue asociado al arma SIG Sauer asignada al uniformado condenado por homicidio. Asimismo, los análisis incorporados al juicio permitieron acreditar disparos dirigidos hacia zonas residenciales y establecer el uso del arma asignada al otro condenado. 

La necropsia documentó que el proyectil ingresó por el tórax izquierdo, atravesó la cavidad torácica y ocasionó lesiones severas en pulmones, pericardio y estructuras cardíacas, produciendo un choque cardiogénico y shock hipovolémico que causaron la muerte de Anthony. 

De otro lado, fragmentos encontrados en conjunto residencial localizado en la zona de los hechos y análisis técnicos demostraron que el patrullero Óscar Alexander Márquez había disparado contra viviendas civiles. Cerca de la estación de policía también se encontraron pruebas de que el patrullero había usado armas de fuego.  

Es importante reiterar que estos no fueron hechos aislados ni de algunos agentes, sino un accionar sistemático contra la población civil durante esos días. En Soacha y en Bogotá 13 jóvenes fueron asesinados por agentes estatales. 

El encubrimiento de un crimen de Estado 

Es histórica también la decisión del Juzgado de sancionar el intento de ocultar lo ocurrido, concluyendo que existió una actuación orientada a impedir el esclarecimiento de los hechos. 

Según quedó probado en el juicio, después de los hechos, los uniformados reportaron la devolución completa de la munición asignada, pese a haber accionado sus armas durante la jornada. La decisión judicial estableció que esta actuación buscó ocultar evidencia con capacidad probatoria y afectar el curso de la investigación penal. 

Para las víctimas y sus representantes, el reconocimiento judicial de estas conductas constituye un paso fundamental contra la impunidad y envía un mensaje sobre la obligación estatal de garantizar controles efectivos sobre el uso de la fuerza. 

“(…) Esta sentencia reconoce la verdad que las víctimas sostuvieron durante años: Anthony no murió en medio de una confusión inevitable del orden público, sino como resultado del uso ilegal y sistemático de la fuerza letal y de actuaciones posteriores orientadas a impedir el esclarecimiento de los hechos. Este fallo es un paso en la justicia, que debe ser total, para los 13 jóvenes que fueron asesinados en la masacre del 9S, sus familias y todas aquellas personas que han sido victimizadas por la Policía Nacional, un estamento que debía protegerlos, no arrebatarles la vida. Esta decisión reafirma que en Colombia el abuso policial no es un caso aislado y que ninguna institución está por encima del deber de rendir cuentas,” señaló July Henríquez, abogada de Cajar. 

Por su parte, hermana de la víctima, expresó: 

“Nada devuelve la vida de Anthony ni repara el dolor que ha significado estos años para nuestra familia. Pero esta decisión representa un reconocimiento de la verdad y una señal de que insistir en la justicia sí tiene sentido. Esperamos que nunca otra familia tenga que atravesar lo que nosotros vivimos.” 

Anthony Gabriel Estrada buscaba un mejor futuro para su hijo y familiares, pero, quienes debían protegerlo, truncaron sus sueños 

El joven Anthony Gabriel Estrada Espinosa había migrado desde Venezuela en búsqueda de una mejor calidad de vida para él y su familia y esperaba pronto reencontrarse con su hijo. 

 Lamentablemente se convirtió en una de las 13 víctimas mortales de la masacre del 9S, ocurrida en Bogotá y Soacha durante las jornadas de protesta contra el asesinato de Javier Ordóñez, también a manos de la Policía. Su caso simboliza la gravedad de los abusos policiales cometidos en esos días y la urgente necesidad de transformaciones estructurales en la institución policial.  

En esta masacre, además de Anthony Estrada, perdieron la vida a manos de agentes estatales los jóvenes Cristhian Andrés Hurtado, Julieth Ramírez Mesa, Angie Paola Baquero Rojas, Lorwan Stiwen Mendoza, Freddy Alexander Mahecha, Cristian Camilo Hernández Yara, Julián Mauricio González, Germán Smith Puentes Valero, Jaider Alexander Fonseca Castillo, Andrés Felipe Rodríguez Ávila y Cristian Alberto Rodríguez Cano y Eider Arias, así como la señora María del Carmen Vihuche, de 62 años.    

Es importante resaltar que de 87 agentes que utilizaron munición las noches del 9 y 10 de septiembre de 2020 en Bogotá y Soacha, solo tres han sido imputados. Desde el Cajar esperamos un rápido avance en las investigaciones que lleve a un pronto juicio para el establecimiento de la verdad y la justicia.     

Lamentablemente la masacre del 9 y 10 de septiembre de 2020 no es un caso aislado, son muchas las víctimas de la Policía Nacional y especialmente del ESMAD en Colombia. Los familiares de víctimas de abuso policial y las organizaciones sociales han instado el Estado colombiano al esclarecimiento de los hechos, a identificar patrones criminales, políticas institucionales y los responsables de alto nivel, a que se reforme la Policía y se retire de la entidad a los agentes que han estado involucrados en violaciones a los DD.HH para que estos crímenes no se repitan y a desarrollar cambios estructurales para que se respete el derecho a la protesta en Colombia, entre otras medidas.   

Desde el Cajar insistimos en la urgencia de:  

  • Acelerar las investigaciones para garantizar verdad, justicia y reparación integral a todas las víctimas del 9S. 
  • Identificar y sancionar no solo a los autores materiales, sino también a los responsables de mando y a quienes diseñaron o permitieron prácticas contrarias a los derechos humanos. 
  • Adoptar reformas estructurales a la Policía Nacional que garanticen el respeto por la vida, la integridad personal y el derecho a la protesta. 
  • Prohibir de manera efectiva el uso de armas de fuego en contextos de manifestación social y asegurar mecanismos de control y rendición de cuentas. 

Seguiremos acompañando a las víctimas en la búsqueda de justicia y en la exigencia de garantías de no repetición. 

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