Artículo 10

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

 

El derecho a acceder la justicia en condiciones de plena igualdad significa que ningún ciudadano o ciudadana puede ser discriminado en el acceso a la administración justicia, conocemos la frase “la justicia es para los de ruana” esta es una frase que debería eliminarse del vocabulario natural, es decir ninguna persona debería ser discriminada en el acceso a la administración de justicia.

Hemos visto que muchas personas son judicializadas por robarse un pan, o productos de un supermercado y algunas de ellas tienen penas más altas que graves violaciones de derechos humanos. Este artículo establece que esto no daría ocurrir,
La segunda condición de la justicia es que esta sea independiente, recordemos que en el Estado hay tres poderes el ejecutivo, legislativo y judicial. Que los jueces sean independientes, los fiscales y los tribunales, significa que los otros poderes no deberían interferir en sus decisiones. El artículo 228 de nuestra constitución también garantiza que la justica debe ser independiente, que los otros poderes no deben entrometerse indebidamente ante la actuación.

Finamente encontramos la condición de imparcialidad y aquí evocamos la imagen de la justicia con sus ojos vendados, una justicia que debe actuar de manera imparcial, es decir solo basándose en el derecho sin presiones sin alicientes, sin influencia y amenazas o situaciones de otro tipo que puedan viciar sus decisiones.

Existen condiciones de independencia de jueces y fiscales, estas han sido reconocidas en instrumentos internacionales de derechos humanos, entre ella este articulo 10, algunas de esas condiciones son, la estabilidad laboral, se requieren fáciles jueces tribunales que tengan la posibilidad de mantenerse en sus trabajos.

Segundo que estas persona tengan garantías frente amenazas, que existan programas de detención , en caso de que un fiscal o un juez sea amenazado por el ejercicio a su labor, tercero que tengan salarios dignos, esto es importante para que no sean vulnerables a corrupción, chantajes u otro tipo de presión de tipo económico.

Una cuarta condición tiene que ver con la posibilidad de que exista un carrera judicial, esto es un sistema de ingreso por mérito, no por influencias, por importancia en la sociedad, por amiguismo, si no por su profesionalidad y experiencia y una quinta condición muy importante es quienes son los fiscales o jueces de la república, deben ser personas integras, honestas e idóneas, que tengan un formación apropiada.

 

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