Artículo 14

En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Desde diferentes contextos y en diferentes países se han perseguido sistemáticamente personas por diferentes razones, ya sean de carácter político, religioso o étnico. Esta persecución ha generado que los afectados se hayan tenido que desplazar de sus lugares de origen para preservar su integridad.

Una de las formas de poder salvaguardas sus derechos ha sido poder solicitar asilo en territorios extranjeros, este derecho puede ser evocado por toda persona que considere que bajo la normatividad que lo rige no existen las garantías para ejercer los derechos que le asisten, siempre y cuando la persecución que realiza el Estado sea por delitos comunes, por ejemplo esta figura ha sido utilizada por diferentes figuras políticas para escapar de responsabilidades penales por delitos cometidos en contra de derechos humanos. Para el caso el caso colombiano la figura del asilo a sido utilizada reiteradamente por personas que han incurrido en casos de corrupción.

Otra situación frente al derecho del asilo ha sido la negativa de los países a recibir personas en condiciones de asilados tal como sucede en Europa con los masivos desplazamientos de ciudadanos del medio oriente, o la decisión de regresarlos una vez se encuentran dentro del territorio, aun cuando uno de los principios del derecho del asilo es no ser devuelto, igualmente el derecho al asilo está ligado a derechos como el de libertad de movimiento, al pacto interamericano de derechos civiles y políticos, y la comisión interamericana de derechos humanos

La finalidad del derecho del asilo es tener acceso a procedimientos justos y efectivos que le permitan tener proyección dentro del país en el cual se solicita el asilo. Para el caso de América Latina es muy importante el número de países que se han consagrado a nivel constitucional derecho al asilo, como Brasil en el artículo 4, Colombia en su artículo 36, Costa Rica en su artículo 31, Cuba en su artículo 13, Ecuador en su artículo 29 entre otros…

 

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