Artículo 16
  1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
  2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
  3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

El matrimonio constituye una unión de dos personas que tiene por finalidad formar una familia. Este lazo es reconocido socialmente, ya sea por medio de disposiciones jurídicas o por la vía de los usos y costumbres.

En el mundo primitivo, el cese de la vida nómada dio origen a estabilizar el vínculo del apareamiento, para solucionar necesidades vitales. Durante el imperio romano, el matrimonio adquiere el significado de quererse y permanecer unidos para toda la vida. Con la expansión del cristianismo, el Concilio de Trento establece que toda la materia relativa al matrimonio queda regida por la iglesia católica hasta el siglo XVI, siendo Holanda en 1.580 el primer país en establecer el matrimonio civil.

En la Nueva Granada, hoy Colombia, antes de 1821, las uniones se regían por las leyes de España, y estaba prohibido y mal visto socialmente que los españoles se ‘mezclaran’ con indígenas, negros, mulatos o criollos. La Constitución de 1853 creó el matrimonio civil y el divorcio, y la Constitución de 1886 reconoció los efectos civiles del matrimonio católico. Ya en el siglo XX, la Ley 20 de 1974, o Nuevo Concordato, aceptó el matrimonio civil para los católicos y el divorcio para los matrimonios civiles, y la Constitución de 1991 reconoció los efectos civiles de las uniones de todos los credos religiosos.

A lo largo de la historia el matrimonio ha sido una institución heterosexual, y patriarcal, es decir, que sólo se concibe entre hombres y mujeres, y que establece una superioridad del varón que encuentra en el matrimonio y la familia su soporte para participar en la esfera pública, asignando la esfera privada, el trabajo doméstico y el cuidado de hijas e hijos, a las mujeres.

La Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres, proclamada en 1981, establece en su artículo 16 que hombres y mujeres tienen los mismos derechos y obligaciones en el matrimonio. También ordena fijar una edad mínima para el matrimonio. Esto en razón a que, en cerca de 50 países del mundo, se realizan matrimonios de hombres adultos con niñas de 7 años en adelante. Unicef calcula en el mundo entero hay 60 millones de niñas casadas antes de los 18 años, en contravía de sus derechos humanos.

La violencia doméstica cuyas principales víctimas son las mujeres y las niñas, también atenta contra los derechos de las mujeres en el vínculo matrimonial. En Colombia en 2015, 62.565 mujeres fueron víctimas de violencia intrafamiliar frente a 12.896 hombres.

Otro debate actual es el derecho al matrimonio igualitario que en Colombia es reconocido por decisión de la Corte Constitucional desde abril de 2016. Aunque a lo largo de la historia han existido parejas del mismo sexo, su derecho a contraer matrimonio en igualdad de condiciones que las parejas heterosexuales sólo se ha empezado a reconocer hasta la primera década del siglo XXI, en la actualidad, sólo en 19 de 194 países.

El matrimonio igualitario también ha abierto la discusión a los nuevos tipos de familia, producto del desarrollo social, cultural y de condiciones socioeconómicas, como una realidad que las normas deben reconocer y amparar. Las familias actuales escapan al modelo tradicional y en ellas debe primar el respeto por la dignidad y derechos de todos sus integrantes. Como lo afirma la abogada feminista Mónica Roa “Las familias, como núcleo esencial de la sociedad, tienen muchos problemas y es hora de discutir cómo garantizar que sean espacios donde se ofrezca la protección y bienestar que sus miembros, en particular los niños y niñas, necesitan para desarrollar su potencial como personas autónomas y responsables”.

 

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