Artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Entendemos por torturara, todo acto en el que una persona ocasiona a otra, dolores o sufrimientos graves, que pueden ser físicos, mentales o emocionales, con el objetivo de obtener de ella información de castigarla, de intimidarla por cualquier otra razón basada en cualquier tipo de discriminación.

La tortura puede ser cometida por las autoridades públicas o particulares que actúen con su apoyo, la tortura también ha sido reconocida como crimen de lesa humanidad, esto quiere decir que todos los Estados sean comprometidos a repudiarla. También que es imprescriptible, ósea que no importa que pase el tiempo los Estados, deben investigarla.

El artículo 12 de nuestra constitución política, señala que nadie será sometido a desaparición forzada, torturas ni a tratos o penas cúreles, inhumanas o degradantes, también nuestro código penal prohíbe la tortura de manera que si alguien es víctima de ese delito pueda acudir a la fiscalía general de la nación.

Existen varios tipos de tortura como por ejemplo, la tortura física, cuando los agentes de policías golpean a los detenidos para que acepten su responsabilidad por cosas que no han hecho, psicológica cuando amenazan a las personas con agredir a sus hijos o familia si no realizan determina acción o colectiva cuando se infunde terror sobre una población.

También la violencia sexual ha sido considera como una forma de tortura, las diferentes expresiones de la tortura y los tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes son conductas que aunque prohibidas de manera absoluta, se siguen practicando en Colombia de maneras sistemática generalizada y no cuentan con investigaciones o sanciones satisfactorias por parte de la administración de justicia.

Los casos mayor mente denunciados son los que ocurren en careles y centros de detención, en los que además de tortura se presenta tratos degradantes, no solo contra los detenidos si no con sus familias, por ejemplo ciertas formas de requisa pueden constituir una lesión a la dignidad.

También se ven muchos casos de tratos violentos en las protestas y movilizaciones sociales por parte de la policía nacional como punta pies, puños y golpes a los manifestantes que constituyen violaciones de integridad personal, esos hechos rara vez son investigados.

 

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