Bogotá, 25 de junio de 2026. El Colectivo de Abogados y Abogadas José Alvear Restrepo (Cajar), como representante de las víctimas, manifiesta su profunda preocupación frente a decisión de la Subsala Tercera de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP de conceder beneficio de renuncia a la persecución penal a seis exintegrantes de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol (DIJIN) de la Policía Nacional, responsables del secuestro, ejecución extrajudicial e incineración de seis jóvenes en hechos ocurridos en Bogotá los días 6 y 7 de septiembre de 1996, los cuales se conocen como la Masacre de Mondoñedo.
“Vale la pena resaltar que la justicia ordinaria tomó decisiones frente al caso solo hasta 2017, condenando a estos agentes de la Policía a 40 años de prisión, de los cuales solo cumplieron 5 años al ser aceptados en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que hoy con esta decisión deja este crimen de Estado en total impunidad, dado que los comparecientes no cumplieron con el estándar de aportar información suficiente para el esclarecimiento de los hechos, por lo que no deberían acceder a un tratamiento penal favorable”, destacó Eduardo Carreño Wilches, cofundador de Cajar.
“Vale la pena resaltar que la justicia ordinaria tomó decisiones frente al caso solo hasta 2017, condenando a estos agentes de la Policía a 40 años de prisión, de los cuales solo cumplieron 5 años al ser aceptados en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que hoy con esta decisión deja este crimen de Estado en total impunidad, pese a que los comparecientes no cumplieron con el estándar de aportar información suficiente para el esclarecimiento de los hechos, por lo que no deberían acceder a un tratamiento penal favorable”, destacó Eduardo Carreño Wilches, cofundador de Cajar.
La decisión se toma, pese a las graves violaciones de derechos humanos que ocurrieron en estos hechos: Vladimir Zambrano Pinzón, Jenner Alfonso Mora Moncaleano, Juan Carlos Palacios Gómez, Arquímedes Moreno Moreno, Federico Quezada y Martín Alonso Valdivieso Barrera fueron privados ilegalmente de su libertad, ejecutados y, en varios casos, sus cuerpos fueron quemados con combustible y llantas para impedir su identificación. Todo ello, a manos de agentes del Estado que tenían el deber de proteger sus vidas. Estos no son delitos comunes: son graves violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario.
Resulta especialmente alarmante que la misma resolución reconozca que estos hechos se insertaron en “una práctica sistemática ejecutada en un contexto marcado por una estrategia contrainsurgente irregular, prolongada y generalizada” por parte de miembros de la fuerza pública, y que, pese a ello, concluya que ninguno de los comparecientes ostenta la calidad de máximo responsable.
Como representantes de las víctimas, reconocemos que la justicia transicional contempla mecanismos de selección y priorización orientados a concentrar la investigación y la sanción en quienes tuvieron una participación determinante en los crímenes más graves y representativos del conflicto armado. Sin embargo, recordamos que la legitimidad de estos tratamientos especiales depende de que contribuyan de manera efectiva al esclarecimiento integral de la verdad, a la reparación de las víctimas y a las garantías de no repetición.
La misma decisión reconoce que las víctimas señalaron como “una estrategia de encubrimiento y una negativa a contribuir de forma plena a la verdad” la imposibilidad de los comparecientes de identificar el lugar donde estuvieron retenidas las personas antes de su ejecución y que persisten dudas sobre los móviles y la cadena de mando. Que estas inconformidades queden consignadas en la decisión y, aun así, se otorgue el beneficio definitivo, envía un mensaje desalentador sobre el peso real que tiene la voz de las víctimas en el proceso.
Nos preocupa que decisiones de esta naturaleza puedan consolidar escenarios de cierre judicial sin que las víctimas perciban que las deudas históricas de verdad y justicia han sido plenamente satisfechas. La seguridad jurídica para los comparecientes no puede construirse a costa de los derechos de las víctimas ni traducirse en la renuncia a la búsqueda de responsabilidades de quienes diseñaron, promovieron o permitieron graves violaciones de derechos humanos.
Las víctimas del caso Mondoñedo han esperado durante décadas una explicación completa sobre lo ocurrido, sobre las estructuras que hicieron posible estos hechos y sobre las responsabilidades institucionales que los rodearon. Por ello, cualquier beneficio jurídico debe estar acompañado de aportes sustanciales, verificables y suficientes a la verdad, que permitan avanzar en el esclarecimiento de todas las circunstancias y de todas las personas involucradas.
El Cajar continuará acompañando a las víctimas en la defensa de sus derechos a la verdad, la justicia, la reparación integral y las garantías de no repetición y seguirá participando activamente en los escenarios judiciales y extrajudiciales necesarios para alcanzar el pleno esclarecimiento de estos graves hechos.
