Declaración de apoyo de la Asociación Americana de Juristas

La actividad de CAJAR impulsó importantes sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, entre ellas la dictada en el CASO DE LA “MASACRE DE MAPIRIPÁN” vs. COLOMBIA el 15 SEPTIEMBRE DE 2005.

La Corte, en el punto 8 de dicha sentencia, condenó al Estado de Colombia a[[ “…realizar inmediatamente las debidas diligencias para individualizar e identificar, en un plazo razonable, a las víctimas ejecutadas y desaparecidas, así como sus familiares… “]] La circunstancia de que uno de los testigos de dicha masacre, Mariela Contreras, luego de denunciar y presentar pruebas sobre su condición de víctima ante diferentes instancias, se retractara de sus declaraciones ante los tribunales colombianos hechas en el año 2002 y ante la Corte Interamericana en el año 2005, en modo alguno enerva el rol destacado de los órganos del sistema interamericano en este caso, en que se colectara una abrumadora prueba compuesta por numerosos testimonios, inspecciones, pericias, documentos, etc.

Menos aún puede menoscabar la actividad del Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo”, pues la investigación, en primer término le corresponde, y ha sido realizada por el Estado de Colombia. La CIDH así lo aclara en el comunicado de prensa del 31 de octubre de 2011 (n°114/11): [[“En esta masacre y otras que han sido denunciadas ante el sistema interamericano en relación con Colombia, los órganos de supervisión de derechos humanos se encuentran frente al desafío de la determinación precisa de las víctimas debido a la naturaleza de los hechos, a la participación del Estado en los mismos y al incumplimiento del Estado de su obligación de investigar inmediatamente los crímenes cometidos. Por consiguiente, para la determinación de las víctimas es fundamental la información que adjuntan las partes al proceso y las declaraciones de testigos. En este caso, más allá de las declaraciones de los testigos, la reconstrucción de los hechos se basó principalmente en el acervo probatorio de la Fiscalía Nacional de Colombia y en la información y documentación oficial que el Gobierno colombiano aportó a los procesos internos y al proceso en el sistema interamericano de derechos humanos.”]]

Como organización de juristas defensores de los derechos humanos en Colombia, CAJAR había representado a personas que se identificaron como familiares de víctimas de las masacres, ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada y desplazamientos forzados en los hechos ocurridos entre el 15 y 20 de julio de 1997, conocidos como la Masacre de Mapiripán. Entre ellas se había presentado a la Sra. Contreras y su familia, posteriormente reconocida como uno de esos casos en las instancias nacionales en Colombia. Los casos fueron llevados por el CAJAR ante la Comisión y Corte Interamericana de Derechos Humanos, culminando en la sentencia ya citada. Colombia reconoció el 4 de marzo de 2005 su responsabilidad por la Masacre de Mapiripán.

En el reciente Comunicado de Prensa de la Comisión Interamericana, se reafirma que:
[[“El Estado colombiano reconoció su responsabilidad internacional por la violación de los derechos a la vida, la integridad y la libertad personal de las víctimas de la Masacre de Mapiripán mediante un escrito del 4 de marzo de 2005. El Estado pidió perdón en los siguientes términos: “expresa su profundo respeto y consideración por las víctimas de los hechos ocurridos en Mapiripán entre el 15 y el 20 de julio de 1997, y evoca su memoria para lamentar y pedir perdón a sus familiares y a la sociedad colombiana”.]]

En dicho escrito, el Estado reconoció expresamente los hechos que se narran en los siguientes dos párrafos:

El 12 de julio de 1997, aproximadamente un centenar de miembros de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) aterrizaron en el aeropuerto de San José de Guaviare. El Ejército colombiano permitió el aterrizaje y facilitó sus camiones para transportar a los paramilitares hasta Mapiripán. Al amanecer del 15 de julio de 1997, más de 100 hombres armados rodearon Mapiripán por vía terrestre y fluvial. Los paramilitares vestían prendas de uso privativo de las fuerzas militares, portaban armas de corto y largo alcance, cuyo uso era monopolio del Estado, y utilizaban radios de alta frecuencia. Al llegar a Mapiripán, los paramilitares tomaron el control del pueblo, las comunicaciones y las oficinas públicas y procedieron a secuestrar, matar e intimidar a sus habitantes. El ejército colaboró con el suministro de pertrechos y comunicaciones. La Fiscalía General de la Nación concluyó que los comandantes de las Brigadas VII y de la Brigada Móvil II exhibieron completa inactividad funcional y operativa a pesar de tener conocimiento sobre la masacre.

Los testimonios de los sobrevivientes indican que el 15 de julio de 1997, las AUC separaron a 27 personas que fueron torturadas y descuartizadas por un miembro de las AUC conocido como “Mochacabezas”. Los paramilitares permanecieron en Mapiripán desde el 15 hasta el 20 de julio de 1997, lapso durante el cual impidieron la libre circulación a los habitantes de dicho municipio, y continuaron con prácticas de tortura, desmembramientos, desviceraciones y degollamientos, arrojando los restos al río Guaviare. Una vez cometidos los crímenes, las AUC destruyeron gran parte de la evidencia física, con el fin de obstruir la recolección de la prueba. La masacre de Mapiripán fue realizada con apoyo logístico y con la colaboración, aquiescencia y
omisión de miembros del Ejército de Colombia. Las omisiones del Ejército incluyeron la falta de colaboración con las autoridades judiciales que intentaron llegar al lugar de los hechos.”

La AAJ entiende que la identificación de las víctimas es una obligación que corresponde exclusivamente a la Fiscalía General de Colombia, que no ha sido satisfecha tal como lo ha señalado la Corte Interamericana. También recuerda que en los caso de graves y crasas violaciones de los derechos humanos es el Estado quien debe investigar y no los representantes legales y las víctimas.

La AAJ reafirma que el estado colombiano tiene la obligación estatal de esclarecer hechos que constituyan fraude por parte de personas que se hayan identificado como víctimas sin serlo, y los presuntos fraudes que puedan existir, instando las acciones penales que correspondieran.

La AAJ reitera que las violaciones sistemáticas de los derechos humanos en Colombia han costado la vida a miles de colombianos y colombianas y causado el desplazamiento de sus tierras y hogares de millones de personas, con la participación del aparato estatal o paramilitar. Recuerda que los defensores y defensoras de los derechos humanos son constantes blancos de amenazas de muerte y son muchos los que han perdido su vida. Por ello, la AAJ exige la investigación profunda de esos crímenes, el enjuiciamiento y condena de los responsables materiales e intelectuales, y el cese inmediato del hostigamiento, actividades de inteligencia, amenazas y ataques contra las organizaciones de derechos humanos, por parte del Estado y sus organismos de seguridad. Es deber del estado colombiano brindar todas las garantías a los defensores y defensoras de derechos humanos para la realización de su trabajo, así como tomar las medidas necesarias para su protección física y psicológica y la de sus familias.

La AAJ hace notar que detrás del caso Contreras se oculta la intención de debilitar a las organizaciones de derechos humanos, que han logrado denunciar ante el mundo la verdadera situación de los derechos humanos en Colombia. Así lo ha percibido la CIDH en el ya citado comunicado de prensa cuando, en obvia referencia al Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo”, expresara que “… reitera su reconocimiento a las organizaciones de derechos humanos colombianas, que a lo largo de estas últimas décadas han desarrollado su trabajo en defensa de derechos humanos en situaciones de serio riesgo, lo cual ha costado la vida a defensores y defensoras y que ha llevado a la Comisión Interamericana a solicitar reiteradamente al Estado colombiano a respetar y proteger su accionar.”

La AAJ llama a las organizaciones de juristas y de derechos humanos a exigir que se conozca y establezca la verdad, se traiga a la justicia a los responsables de violaciones de derechos humanos y se repare debidamente a las víctimas.

8 de noviembre de 2011

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