Eje Político 1: Lucha contra la impunidad
Consiste en contribuir al esclarecimiento de la verdad procesal e histórica de las graves violaciones de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad; a la investigación, juzgamiento, sanción y visibilización de los autores materiales y máximos responsables intelectuales o beneficiarios de los crímenes; a la identificación de macro casos emblemáticos, modus operandi y patrones de agresión; a la reparación integral de daños individuales y colectivos; al fortalecimiento organizativo de las víctimas, comunidades y procesos organizativos; y a la adopción de reformas estructurales para la materialización de garantías de no repetición, a nivel nacional e internacional.
Eje Político 2: Defensa del territorio y lucha contra la crisis climática
Consiste en construir con las comunidades rutas de exigibilidad integral de derechos para contribuir al fortalecimiento de su autonomía; a la protección de las personas, comunidades y sus procesos organizativos para la defensa de derechos humanos, territoriales y ambientales; a la permanencia en el territorio; a la identificación de máximos responsables y protección de derechos colectivos frente a la imposición de proyectos extractivos; y a la justicia ambiental para enfrentar el cambio climático.
Eje Político 3: Superación del conflicto armado y construcción de paz
Consiste en promover el cumplimiento e implementación del Acuerdo de Paz; los diálogos entre el Gobierno y el ELN; el desmonte del paramilitarismo; la protección de líderes/as sociales y defensores/as de DD.HH.; una cultura de paz, y la construcción de paz desde los territorios.
Noticias por ejes
Intervención de Jomary Ortegón Osorio – Incorporación del Acuerdo de Paz a la Constitución
Desde la Constitución de 1991, este Acto Legislativo ha sido el desarrollo más concreto del Derecho a la Paz, el cual fue un logro y promesa por cumplir de la Constitución de 1991. A lo largo de estos años, dicho derecho ha sido entendido como (i) uno de los propósitos fundamentales del Derecho Internacional; (ii) un fin fundamental de Estado colombiano; (iii) un derecho colectivo en cabeza de la Humanidad; (iv) un derecho subjetivo; y (v), un deber jurídico de cada uno de los ciudadanos colombianos, en copiosa jurisprudencia de la Corte Constitucional .
Intervención de Soraya Gutiérrez Argüello – Audiencia Pública: Acto Legislativo especial para la paz
Queremos llamar la atención sobre varios principios del Derecho Internacional de Derechos Humanos que deberían ser tenidos en cuenta al momento de discutir la incorporación constitucional y reglamentación del Acuerdo de Paz alcanzado entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP, y que no han sido plenamente respetados, entre ellos: La participación de las víctimas, las garantías de no repetición y la diferenciación de responsabilidades entre actores.
Participation in the Legislative Debate on the Peace Accords is a Victims’ Right
We would like to call attention to the inappropriate accumulation of these draft legislative acts and some of the modifications that have been included in the presentation reports for the implementation of the Accords as they affect the principles of authenticity and bilateralism.


