Juez niega participación de los representantes de las víctimas en proceso por asesinato de Jaime Garzón

Juez niega participación de los representantes de las víctimas en proceso por asesinato de Jaime Garzón

En su decisión, la Juez argumentó que las víctimas no habían presentado una nueva demanda para constituirse como parte civil luego de culminar el juicio en contra del entonces jefe paramilitar Carlos Castaño Gil. A pesar de pronunciarse sobre la inexistencia de una nulidad que nadie solicitó, el juzgado interpretó –sin argumentar las razones jurídicas que así lo sustentan– que los abogados de la parte civil que representamos los intereses de las víctimas, sí teníamos la obligación jurídica de presentar nuevamente una demanda de constitución de parte. A partir de dicha decisión, el juzgado excluyó del proceso a los abogados de la Comisión Colombiana de Juristas y el Colectivo de abogados José Alvear Restrepo, representantes de los familiares del periodista Jaime Garzón.

 

En una decisión atípica la Juez séptima del circuito especializado de Bogotá excluyó del proceso a los representantes de las víctimas del asesinato del periodista Jaime Garzón. El hecho ocurrió en la audiencia preparatoria dentro del juicio contra el Coronel(r) Jorge Plazas Acevedo y podría afectar el curso del proceso.

La Comisión Colombiana de Juristas y el Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo”, representantes de la parte civil en el juicio contra el Teniente Coronel(r) Jorge Eliécer Plazas Acevedo, por el homicidio del periodista y gestor de paz Jaime Garzón Forero, informan que el miércoles 26 de agosto de 2015 la Juez séptima del circuito especializado de Bogotá en la audiencia preparatoria profirió una decisión no solo atípica, sino que constituye una vía de hecho, porque en ella la Juez resuelve decretar una nulidad que no había sido solicitada por ninguna de las partes en el proceso.

En su decisión, la Juez argumentó que las víctimas no habían presentado una nueva demanda para constituirse como parte civil luego de culminar el juicio en contra del entonces jefe paramilitar Carlos Castaño Gil. A pesar de pronunciarse sobre la inexistencia de una nulidad que nadie solicitó, el juzgado interpretó –sin argumentar las razones jurídicas que así lo sustentan– que los abogados de la parte civil que representamos los intereses de las víctimas, sí teníamos la obligación jurídica de presentar nuevamente una demanda de constitución de parte. A partir de dicha decisión, el juzgado excluyó del proceso a los abogados de la Comisión Colombiana de Juristas y el Colectivo de abogados José Alvear Restrepo, representantes de los familiares del periodista Jaime Garzón.

La afirmación de la Juez parte de una deducción discutible según la cual investigaciones complejas, como la del magnicidio de Jaime Garzón, en las que se ordenan indagaciones a diversas personas en procesos que se han derivado de la investigación inicial por estos hechos necesitan presentar nuevas demandas de constitución de parte civil cuando el requisito ya había sido cumplido previamente y las personas que posteriormente eran vinculadas a los procesos tenían conocimiento de nuestra constitución como parte civil.

Esta disposición de la Juez séptima deja de valorar las pruebas que las víctimas solicitaron y que demostrarían, entre otros aspectos, que el homicidio del periodista Jaime Garzón es un crimen de lesa humanidad, y con esto aumente la impunidad del caso.

Comisión Colombiana de Juristas

Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo”

28 de agosto de 2015

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