Pandemia carcelaria: “te hablo desde la prisión”

Pandemia carcelaria: “te hablo desde la prisión”

No hay una política pública que entienda el Sistema Penal y Penitenciario como un proceso resocializador y no como un ejercicio de aniquilamiento de quienes infringen la ley.

Al estar bajo la custodia del Estado, cualquier vulneración a sus derechos genera la responsabilidad de las autoridades. En el marco de la pandemia por el COVID-19, organizaciones de derechos humanos denunciaron que el Inpec, no había tomado las medidas de prevención para evitar la propagación de este letal virus al interior de las cárceles del país.

Ante las faltas de garantías para los reclusos, el pasado 21 de marzo se presentaron protestas en al menos 10 cárceles del país, entre ellas La Picota, La Modelo, El Buen Pastor, en Bogotá, Centro Penitenciario de Cúcuta, Coiba Picaleña, pese a que las autoridades sabían por filtraciones de WhatsApp que algunos presos pretendían propiciar una supuesta fuga, no adoptaron las medidas necesarias y proporcionales para atender esta situación, lo que originó la masacre de 23 personas y 83 heridos, solo en la Cárcel Modelo de Bogotá. Esta grave vulneración a los derechos de esta población fue justificada por las autoridades penitenciarias en un supuesto plan de fuga, situación que además fue aprovechada para hacer traslados arbitrarios de prisioneros políticos de la Picota y del Buen Pastor de Bogotá.

Después de estos hechos, el Gobierno Nacional anunció la declaratoria de emergencia carcelaria, que deberá arrojar, no solo la libertad a los adultos mayores quienes son la población más vulnerable frente al contagio por COVID 19, sino a dar respuestas efectivas a la grave situación que enfrentan las personas privadas de la libertad en las cárceles colombianas.

La Corte Constitucional desde 1998 declaró el estado de cosas inconstitucionales ante la crisis carcelaria del país, cuyo principal problema es el hacinamiento. El sistema tiene cupos para 80.000 internos y actualmente hay 124.188 internos, de los cuales 40.496 sindicados, del total 8.579 son mujeres. Las 132 cárceles existentes fueron construidas entre 1611 y 1990, es decir tienen en promedio 200 años de antigüedad, la mayoría de estas soportan el 82% de hacinamiento, tal situación exige su demolición y sustitución de la infraestructura física que respete los derechos de la población carcelaria.

No hay una política pública que entienda el Sistema Penal y Penitenciario como un proceso resocializador y no como un ejercicio de aniquilamiento de quienes infringen la ley. Solo el 39% de los internos accede a educación, y lo que ha imperado es un populismo punitivo que ha llevado a que entre el 2010 al 2015 se realizaran 85 modificaciones legislativa orientadas al aumento de penas y la creación de 58 delitos nuevos. Solo en 2010 se aumentaron las penas de 40 delitos, lo que devela la mala concepción del derecho penal mínimo, donde la privación de la libertad es la excepción y no la regla. Por cada condenado que va a detención también se priva de la libertad a 17 personas sindicadas de la comisión de algún delito.

El sistema penitenciario también está permeado por la corrupción. Hay más de 120 funcionarios del Inpec procesados. En el 2018 fue detenido el director de la cárcel La Picota, en 2019 fue capturado el director de la Modelo de Bogotá, por que pedía cuotas de 3 millones de pesos para que los detenidos pudieran ser ubicados en el patio 3, en caso contrario, eran trasladados y no se les aseguraba su seguridad. La Fiscalía General dio a conocer que el director tenía tarifas, por ejemplo, para permitir citas médicas, los reclusos tenían que pagar un costo de 2 millones de pesos; para ingresar whiskey, $600.000; droga, $500.000, el ingreso de perfume $ 150.000 y de una muda ropa $350.000, autorizar ingreso de visitas íntimas (prostitutas) podría superar los 3 millones de pesos.

Las cárceles son depósitos humanos en los cuales se practica la tortura y se presentan muchos vejámenes o tratos crueles, en un fallo sobre la Cárcel “La 40” de Pereira los presos bajo el amparo de una acción de tutela (expediente T-3987203) señalaron que cuentan “con una sola ducha para casi 800 presos”, que sólo hay “tres baños/sanitarios”, que “el olor de los baños es literalmente insoportable”, que “la infestación de roedores (ratas) y otros bichos (cucarachas, chinches) es aterradora”, denuncian que no están pagando una pena, sino “una tortura… sin oportunidad de resocialización”.

Sin duda, es urgente descongestionar las cárceles. Organizaciones de derechos humanos han propuesto entre otras medidas: el otorgamiento de detención domiciliaria a población considerada de alto riesgo en caso de contagio con COVID-19 adultos mayores de 60 años, mujeres gestantes y personas con enfermedades crónicas, entre otras, personas diabéticas, con enfermedad coronaria, inmunocomprometidas, con trasplantes, VIH, en tratamiento con quimioterapia u otros para el cáncer; libertad condicional o detención domiciliaria a personas procesadas por delitos menores y que no impliquen violencia; libertad condicionada o detención domiciliaria a personas beneficiarias del Acuerdo de Paz, que a pesar de cumplir con requisitos de ley aún tienen en trámite sus peticiones; los internos que se encuentren en mínima seguridad podrán tener una sustitución de medida de aseguramiento que implique detención domiciliaria con vigilancia electrónica.

La ONU ha hecho un llamado a nivel mundial a los gobiernos para que actúen de manera urgente para proteger seguridad y salud de las personas bajo prisión, liberación de las personas con discapacidades mentales, ancianos, reos enfermos y en general personas especialmente vulnerables al COVID-19.

La atención en salud es precaria en todas las cárceles del país. Urge la adopción de planes de suministro de bienes esenciales para la prevención del contagio, especialmente de agua potable en aquellos establecimientos que no cuentan con un acceso constante y suficiente; la entrega de kits de aseo semanalmente que permita fortalecer las medidas sanitarias; reforzar de inmediato el personal sanitario dentro de prisión; la desinfección tipo hospitalaria de los establecimientos penitenciarios y carcelarios; el diseño e implementación de medidas para la detección temprana del virus, el aislamiento y tratamiento a personas infectadas en los centros de reclusión, la creación de una red de respuesta integral frente a un eventual contagio de COVID-19.

El aislamiento de las personas contagiadas por el coronavirus se debe dar en una instalación médica especial y no en una celda, donde se le garantice la activación del protocolo ante COVID-19 y el acceso a medicamentos y profesional médico idóneo entre otras medidas.

No puedo terminar sin advertir que a los pocos días de la declaratoria de la emergencia carcelaria, el Inpec acudió a la contratación directa para atender la pandemia del COVID-19, esperamos que esto no sea un nuevo foco de corrupción. De allí el llamado a que la Contraloría General y otros órganos de control hagan seguimiento a la inversión de estos recursos y se garantice la información como ejercicio del derecho al control ciudadano.

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