En este sentido, organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos1 , el Consejo de Derechos Humanos 2 y el Relator Especial de Naciones Unidas sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación, han expresado que estos derechos son fundamentales para que los individuos y los grupos de individuos participen en los asuntos públicos.
Protestar no es un delito: Encuentro Nacional por la No criminalización de la protesta Nov. 2015
por Prensa Cajar | May 26, 2016 | 2.Publicaciones y ponencias

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