¿Qué es la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas?

¿Qué es la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas?

Para entender el Acuerdo de Paz hay que entender que es la Unidad Especial para la Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado.

Esta unidad hará parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición. Se considera que esta unidad debe ser de alto nivel, de carácter humanitario y extrajudicial cuyo objetivo es dirigir, coordinar, y contribuir la implementación de acciones humanitarias de búsqueda e identificación de todas las personas dadas por desaparecidas. Esta identidad gozará de independencia y de autonomía para garantizar el cumplimiento de sus funciones y continuidad en el tiempo.

Segun el Acuerdo Final de Paz, es necesaria la participación de las organizaciones de víctimas y organizaciones defensoras de derechos humanos en el diseño puesta en marcha y desarrollo de sus funciones.

Entre otros aspectos, las organizaciones plantean que la autonomía de las Unidad Especial para la Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas, no implican que sus actividades se realicen de manera desarticulada con los demás componentes del Sistema Integral de Verdad Justicia, Reparación y No Repetición. Si bien las actividades de la entidad no tendrán caracter judicial, ni podrá implicar la responsabilidad penal de quienes compadezcan a ella, sus actividades sí deben ser complementarias a los procesos judiciales y en consecuencia es necesario primero que la JEP u otra autoridad judicial o de control:

1. Pueda solicitar información a la Unidad de Búsqueda como fuente de información sobre análisis de contexto regionales y nacionales para darle el valor que considere pertinente en el adelantamiento de los procesos judiciales.

2. La JEP puede solicitar a la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas información que considere pertinente para efectos de establecer el cumplimiento de las condiciones que el Sistema impone a personas que se sometan a la Jurisdicción Especial para la Paz en verdad, reparación integral y garantías de no repetición conforme a su cumplimiento y asi recibir el tratamiento especial allí establecido.

Por otra parte, con relación a las medidas de rehabilitación y en particular la atención sicosocial, las organizaciones de víctimas han planeado que estas medidas deben ir dirigidas a la satisfacción de los derechos de las víctimas y sus familias y así mismo deben tener como fin, menguar el deterioro de sus condiciones de vida y de las situaciones de tensión y estrés que han vivido a raíz de los hechos victimizantes.

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