Un gravísimo cambio en las reglas del juego para víctimas de violencia estatal

Un gravísimo cambio en las reglas del juego para víctimas de violencia estatal

José Erminso Sepúlveda, líder comunitario en Aguachica (Cesar), fue asesinado en 1994 por pertenecer al Movimiento de Acción Comunitaria (MAC). La inminente participación de agentes estatales en su homicidio abrió la puerta para pedir al Estado una reparación que, por cambios jurisprudenciales, podría nunca llegar.

Por: Santiago Díaz Gamboa/El Espectador

El 28 de enero de 1994, José Erminso Sepúlveda invitó a almorzar a Noel Omeara al restaurante San Roque, en Aguachica (Cesar), muy cerca de la plaza central. Ambos amigos fueron baleados luego de sentarse en la mesa por hombres armados que entraron al lugar y dispararon contra el primero, quien era el secretario privado del alcalde de Aguachica y miembro del Movimiento de Acción Comunitaria (MAC), que, para algunos, era un grupo subversivo. El segundo, un ganadero de la región, sobrevivió, pero murió seis meses después. Treinta años más tarde, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) responsabilizó al Estado por la muerte de Omeara, pues lograron demostrar que agentes estatales actuaron en connivencia con paramilitares para ejecutar el atentado.

Sin embargo, el caso de Sepúlveda quedó en el limbo y una reciente decisión del Consejo de Estado podría frenar uno de los más importantes procesos judiciales que buscan reconocer que el Estado participó en su crimen y, en consecuencia, debe reparar a la familia. El asunto es puramente jurídico, pero, según denuncian abogados, podría ser un grave precedente para miles de casos de víctimas que llevan años esperando una reparación, verdad y justicia en expedientes en los que se ha probado que el Estado tuvo vínculos ilegales con actores armados durante el conflicto. El asunto radica en que, a partir de 2020, el alto tribunal ha cambiado los requisitos que debe cumplir una víctima para presentar su caso ante la justicia: si antes no había un límite de tiempo para interponer demandas, ahora el Consejo de Estado dice que sí.

Según las nuevas reglas, los demandantes tienen solo dos años para presentar las pruebas luego de ocurridos los hechos. En el caso de José Erminso Sepúlveda, su familia debía demandar al Estado en 1996, pero solo pudo hacerlo en 2014. ¿Por qué? Porque, como miles de víctimas del conflicto, los hechos victimizantes no acabaron con un atentado, sino que fueron desplazados o amenazados durante años. El caso de Sepúlveda no fue ajeno a esa dinámica perversa de la guerra. Por eso, solo hasta hace 10 años el caso empezó a moverse entre despachos judiciales, mientras que el de su amigo, Noel Omeara, cogió otro rumbo. En 2018, el homicidio del ganadero llegó al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, para luego aterrizar en la Corte IDH.

El proceso fue crucial en la historia de los amigos, pues, antes de ser baleado, Omeara identificó a quienes abrieron fuego contra él y Sepúlveda. A las autoridades les dijo que los asesinos eran miembros de la Unidad Antiextorsión y Secuestro (Unase) de la Policía, una división que durante la década de los años 90, en complicidad con paramilitares, buscó erradicar por completo todo lo que se asociara a movimientos campesinos o de derechos humanos. Bajo ese panorama, y luego de identificar a quienes apretaron el gatillo, Manuel Guillermo Omeara y Héctor Álvarez, hijo y suegro de Noel Omeara, fueron torturados y asesinados por investigar a los responsables del ataque. Todos los hechos violentos que rodearon el atentado contra Omeara se juntaron para que, en 2018, la Corte IDH condenara al Estado colombiano.

Pese al histórico fallo de la justicia internacional, el caso de José Erminso Sepúlveda fue quedando en el olvido y su nombre quedó fuera del expediente de la Corte, al parecer por asuntos procedimentales. Su familia intentó indagar, pero sentían el temor de recibir represalias. “La Policía era muy agresiva con nosotros. Un agente me dijo un día que cuando cumpliera 16 años me iba a matar”, dice Emanuel*, uno de sus cinco hijos. Para él, la tensión era latente en Aguachica, tras el atentado. Por eso su madre decidió enviarlos a hogares diferentes. Emanuel vivió con sus abuelos paternos, quienes temían que hombres armados tocaran a su puerta en cualquier momento. Antes del homicidio, Sepúlveda había recibido amenazas por parte de las Autodefensas del Sur del Cesar.

Uno de sus hijos lo recuerda con viveza, pues no olvida que su padre le decía que, si alguien los paraba en la calle, él debía seguir derecho. “En ese momento no entendía por qué papá decía eso. Luego comprendí que estaba muy precavido por las amenazas que había recibido, que decía que eran de paramilitares y miembros de la Policía”, señala. Con evidencias en mano, la familia Sepúlveda acudió a la justicia nacional en 2014 para solicitar una reparación. Ese mismo año, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca les dio toda la razón: declaró la responsabilidad estatal y otorgó una serie de medidas de reparación a la familia, principalmente económicas. Pero, como dice Emanuel, eso no lo es todo: “Nosotros queremos es limpiar el nombre de mi papá, porque todos dicen que por pertenecer al MAC era un guerrillero”.

Cuatro años después, la Corte IDH confirmó que no había dudas de que el Estado había omitido su responsabilidad de proteger a Noel Omeara y que también había suficientes pruebas de la participación de agentes estatales. Como el caso de Sepúlveda no se incluyó en el fallo de la Corte IDH, a la familia del líder solo le quedó el camino en la justicia colombiana, con un primer round ganado ante el Tribunal Superior de Cundinamarca. Sin embargo, esa decisión la apeló la defensa de las víctimas, encabezada por la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), con el fin de ampliar las medidas inicialmente otorgadas, según le dijo a este diario Sofía Bautista, abogada encargada del proceso. El Ministerio de Defensa, liderado en 2014 por Juan Carlos Pinzón, también apeló la sentencia, pues la cartera se negó a reconocer su responsabilidad.

Así las cosas, el expediente terminó en manos del Consejo de Estado. El alto tribunal debía pronunciarse sobre la responsabilidad estatal, lo que daba una sensación de tranquilidad a la familia Sepúlveda. No obstante, en 2020, la jurisprudencia cambió. “El Consejo de Estado determinó que en los casos de reparación directa se va a aplicar el término de caducidad de dos años desde que ocurrieron los hechos o desde que se conoce la participación estatal”, explica Bautista. En pocas palabras, si los hechos se denunciaron dos años después de haber ocurrido, no hay reparación. Esto, además, cambió el rumbo de varios procesos ya andando. “El cambio de jurisprudencia afecta todos los procesos que estén en curso o surtan después de la sentencia de 2020. Al apelar no se conocía de ese cambio”, agrega la abogada.

De acuerdo con la CCJ, este proceder en el caso de José Erminso Sepúlveda sería “gravísimo” porque se sabe de primera mano que, efectivamente, hubo una responsabilidad estatal, que ya fue declarada por la Corte IDH en el caso de Omeara. “Nos dicen ahora que presentamos las pruebas casi 20 años tarde”, dice Emanuel. Ahora, el Consejo de Estado determinará si el tiempo para hablar de responsabilidad del Estado ya caducó. Por eso, la familia de Sepúlveda se ha dedicado a recopilar las pruebas para exponer por qué no presentaron la demanda en 1996. Entre sus argumentos está, principalmente, el miedo a las retaliaciones. Luego de más de 30 años de incertidumbre, la familia Sepúlveda espera que al nombre de su padre se le quite la etiqueta de “subversivo” y que, en contraste, el Estado reconozca y pida perdón por su asesinato.

*Nombre cambiado para proteger la identidad de la fuente.

Publicado originalmente en El Espectador 

Foto: Jonathan Bejarano
Share This