Condenan por secuestro a dos integrantes de la estructura criminal que lideraba el coronel Plazas Acevedo al interior del Ejército  

Condenan por secuestro a dos integrantes de la estructura criminal que lideraba el coronel Plazas Acevedo al interior del Ejército  

Foto: Caracol Noticias, Archivo audiovisual, Cnel. Plazas en juzgados penales del circuito de Bogotá, años 90.

El juzgado primero penal del circuito especializado de Bogotá notificó dos sentencias condenatorias por el delito de secuestro extorsivo agravado de Martha Cecilia Velásquez a Darwin Lisimaco Betancourth y Davilco Guerrero Pérez. Al primero se le impuso una pena de 27 años, mientras que al segundo una de 18 años por haberse sometido a sentencia anticipada. Ambos condenados hicieron parte de la estructura criminal que operó al interior de la Brigada XIII entre los 90 y 2000, bajo el mando del coronel (r) Jorge Eliécer Plazas Acevedo, y que estuvo involucrada en varios crímenes, incluyendo delitos de lesa humanidad.  

Los hechos de este caso en particular se remontan al 22 de febrero de 1999 cuando, en horas de la mañana, llegaron seis hombres portando armas y prendas de uso privativo de la fuerza pública a la carnicería de propiedad de la víctima y su esposo ubicada en el barrio Britalia al sur de Bogotá. Al llegar, preguntaron por una tal “Lady Catherine”, no obstante, ante la negativa de la propia Martha Cecilia, los delincuentes procedieron a llevársela alegando estar en cumplimiento de una comisión judicial encomendada por la Fiscalía. Para la huida los secuestradores utilizaron una camioneta que pertenecía a la Brigada XIII del Ejército.  

Días después, Rigoberto Novoa Almonacid, esposo de la víctima, recibió una llamada en la que a cambio de la liberación de Martha Cecilia debía pagar 600 millones de pesos. Desde entonces, no se sabe a ciencia cierta el paradero ni la suerte de la señora Velásquez. Sin embargo, hay declaraciones de al menos cuatro paramilitares que confesaron recibir a Martha Cecilia de manos de integrantes de la banda secuestradora por presuntamente ser testaferro de la guerrilla, pero que, ante su silencio por varios meses, dieron la orden de asesinarla y desparecerla. 

Así como lo hizo la Fiscalía cuando acusó al Coronel Plazas Acevedo por este mismo caso, el juzgado en las sentencias contra Guerrero y Betancourth conmino a la Fiscalía para que investigue los delitos de desaparición forzada y homicidio de Martha Cecilia Velásquez, ya que es un hecho notorio que al no tener a día de hoy información exacta sobre su paradero es dable presumir que fue desaparecida, lo que se suma a las declaraciones de paramilitares como Arnubio Triana Mahecha alias “Botalón” quien ha dicho que los paramilitares la mataron después de ocho meses de cautiverio.    

Para sustentar la responsabilidad penal de los condenados, el juzgado recordó que tanto Betancourth como Guerrero integraron la organización que además del secuestro de Martha Cecilia Velásquez también ejecutó, entre octubre de 1998 y febrero de 1999, los secuestros del industrial Benajmín Khoudari, Wilson Martínez Quiroga y la pareja de esposos Luis Antonio Castro Ochoa y María Enid Ortiz Ochoa. 

Esta aclaración es importante porque hay una comunidad de pruebas cuya raíz proviene de las actividades de investigación desplegadas ante el secuestro y posterior homicidio de Benjamín Khoudari, la cual a lo largo de estos años ha servido para que se profieran diferentes decisiones por jueces, tribunales y Fiscalía para procesar a los integrantes de la estructura criminal responsable de estos hechos.  

Valga recordar que esta organización estaba compuesta por militares, exintegrantes de la la extinta guerrilla Farc y civiles que tenían estrechas relaciones con el paramilitarismo y que se coordinaban entre sí con el propósito de secuestrar personas y a cambio de ellas exigir elevadas sumas de dinero a sus familias.  

Según el acervo probatorio, en el que hay interceptaciones telefónicas, testimonios, confesiones, seguimientos a personas, entre otras, Davilco Guerrero integraba el ala civil de la banda y tenía el rol de proveer y manejar los carros para las diferentes actividades delictuales de la banda. Por su parte, Darwin Lisimaco Betancourth, había sido acusado de rebelión por haber integrado las FARC y estaba al servicio de la Brigada XIII para aportar supuestamente información para realizar “operaciones militares”. Fue él quien señaló que Martha Cecilia Velásquez sería testaferro de la guerrilla.  

¿Y Plazas Acevedo? 

Al igual que lo ha hecho la Fiscalía, otros juzgados y el Tribunal Superior de Bogotá, el juez recordó que el líder que cohesionaba la banda y cuya aportación permitía que recursos de la Brigada XIII se pusieran al servicio de estos fines delictivos fue el coronel Jorge Eliécer Plazas Acevedo, quien para la época era el comandante del B2 de inteligencia de la Brigada.  

Plazas Acevedo, quien ya fue condenado por los homicidios y secuestros extorsivos de Benjamín Khoudari y Wilson Martínez, solicitó acogerse la JEP. Sin embargo, su solicitud, en principio fue rechazada por la Sección de Apelación en una decisión de abril del 2020 donde lo excluyó en ocho casos que no tenían relación con el conflicto armado o por no haber hecho aportes a la verdad suficientes.  

En la misma decisión, la Sección de Apelación ordenó que se reactivara el término de prescripción en el caso del secuestro de Martha Cecilia Velásquez, lo que llevó a que la Fiscalía 52 Especializada contra violaciones a los Derechos Humanos en agosto de 2020 decidiera proferir resolución de acusación contra el Coronel Plazas y mantener la medida de aseguramiento en su contra por estos hechos.  

En la aludida decisión de la JEP, la Sección de Apelación, si bien negó el sometimiento por los casos de secuestro abrió la puerta a que, si Plazas Acevedo ofrecía un relato que aportara seriamente a la verdad y que explicara por qué los cuatro secuestros referenciados tenían relación con el conflicto, podría eventualmente permanecer en la JEP. Para ello, se dispuso una audiencia de aporte a la verdad que se celebró en sesiones el 28 de junio, el 21 y 23 de julio y el 11 de agosto de 2021. Allí, pese a las directrices de la JEP para la eventual aceptación de su sometimiento, Plazas optó por no aceptar la responsabilidad y adoptar posturas revictimizantes con los familiares de las víctimas.  

La JEP lleva más de dos años en mora de proferir la resolución que definitivamente excluya al Coronel Plazas de la JEP, a pesar de que las víctimas lo han solicitado y han presentado observaciones al relato de Plazas.  

Para el abogado de víctimas e integrante cofundador del Cajar, Eduardo Carreño, “Las sentencias contra Betancourth y Guerrero son pasos importantes en términos de evitar la impunidad, sin embargo, no habrá una plena verdad, justicia ni reparación hasta encontrar a Martha Cecilia o sus restos óseos, y hasta que se devele toda la estructura criminal hasta sus más altos responsables”.  

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