En Brasilia – Brasil se realizará audiencia pública sobre caso Palacio de Justicia, convocada por la Corte IDH

¿Dónde están los desaparecidos?

La respuesta del Estado: “No hay desaparecidos, sino cuerpos sin identificar”. ¡A buen entendedor, pocas palabras! Sobre los torturados, se atiene a lo que se pruebe en la Corte, como si la probanza interna no fuera contundente. Respecto al magistrado del Consejo de Estado Carlos Horacio Urán, reducen la controversia a que era un “abogado auxiliar”. ¡Olímpicos!

El contexto del país en los 70s y 80s

En los 70s existía en Colombia una práctica o patrón de ejecuciones extrajudiciales, detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas, y torturas como características de la situación de derechos humanos en el país. Esas violaciones graves a los derechos humanos fueron denunciadas con mayor insistencia desde la segunda década de los años 70 por organismos de derechos humanos nacionales, internacionales e intergubernamentales.

El Estatuto de Seguridad de Turbay Ayala de 1978 tenía como propósito combatir las estructuras insurgentes mediante estrategias que incluía “Adjudicar poderes a la justicia penal militar, mediante la realización de consejos verbales de guerra, para juzgar a civiles sospechosos de cometer dichos actos”.

El 24 de agosto de 1984, durante el periodo del Presidente Betancur, el M-19 se firmó una tregua. Pese a lo anterior, uno de sus líderes, Carlos Toledo Plata, fue asesinado. Importantes sectores políticos y económicos del país se mostraban en desacuerdo con la manera como el Presidente Betancur buscaba una salida para el conflicto armado. Luego, el 20 de junio de 1985, Carlos Pizarro León-Gómez declaró que esa agrupación rompía definitivamente la tregua.

En este contexto, la Corte Suprema de Justicia, emitió varios pronunciamientos criticando los decretos de estado de sitio dictados por el ejecutivo y los poderes conferidos a la justicia penal militar. Adicionalmente, el Consejo de Estado profirió varias sentencias declarando la responsabilidad estatal a causa de las acciones del Ejército.

Una toma anunciada

La toma del Palacio de Justicia efectuada por el grupo guerrillero M-19 no constituyo un hecho sorpresivo. Desde 1980 la fuerza pública realizaba labores de inteligencia contra el grupo guerrillero.

Desde agosto de 1985, el Comando General del Ejército recibió un memorando en él se establecía que el M-19 se tomaría el Palacio de Justicia- esta información fue transmitida posteriormente con el radiograma del E-2 en donde se pone en conocimiento de la DINTE, el DAS, y la POLICIA este hecho, lo cual fue corroborado por el Ministro de Defensa Miguel Vega Uribe y la periodista Julia Navarrete.

Las amenazas contra los magistrados de las Cortes

Los “extraditables” desde mediados del año 1985 enviaron amenazas de muerte a los magistrados de la Sala Constitucional, a fin de obtener la declaratoria de inconstitucionalidad del Tratado de Extradición. A las fuerzas militares le incomodaba la sentencia del Consejo de Estado que declaró responsable a la Nación -Ministerio de Defensa- en caso torturas a la médica Olga López de Roldan y la postura de los magistrados de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia frente al estado de sitio y su responsabilidad de conceptuar la extradición. La situación más delicada era la de presidente el Magistrado Alfonso Reyes. Por lo anterior, los magistrados eran objeto de constantes amenazas.

El retiro intencional de la seguridad de Palacio por parte de la Policía Nacional

A pesar de la información con la que contaban los diferentes organismos de seguridad, dos días antes de la toma, de forma repentina e inconsulta, fue retirada la seguridad que brindaba de la Policía Nacional.

La retoma comenzó un día antes

A ello se suma que desde el 5 de noviembre, un día antes de la Toma se ordenó el acuartelamiento de primer grado “código rojo” a las tropas; se agregaron miembros de las brigadas 1, 7 y 10, cercanas a Bogotá por aire y tierra; se agregó un comando especial de inteligencia de Brigada 7 con sede en Villavicencio, el cual fue transportado en un helicóptero de la Fuerza Aérea y, se llevaron a las 9:30 am álbumes fotográficos de los guerrilleros del M-19 a la Casa del Florero, para identificarlos, que a esa hora ya funcionaba como “puesto de mando adelantado”, es decir dos horas y media antes de la Toma, por parte de un sargento del Batallón Charry Solano.

Los hechos del 6 y 7 de noviembre de 1985

El 6 de noviembre de 1985, aproximadamente a las 11:25 a.m., el bloque Antonio Nariño del M-19 realizó la toma del Palacio de Justicia.

Los altos mandos de las Fuerzas Armadas de Colombia, entre ellos el Ministro de Defensa, General Miguel Vega Uribe y el Comandante del Ejército, General Rafael Samudio Molina precedidos por el Presidente Betancur decidieron retomar el Palacio de Justicia a través de un operativo militar y de inteligencia.

Las fuerzas militares y de seguridad del Estado reaccionaron de acuerdo al Comando de Operaciones del Ejército, COE, y el Comando de Operaciones de Brigada, COB; al plan operativo de inteligencia del Ejército para combatir la guerra interna denominado Plan de Defensa y Seguridad Interior Tricolor-83 los planes GEMA, ESCORPION activados desde 1984, el Plan de operaciones de inteligencia No. 002 contra el M-19 y el Manual de Inteligencia de Combate o MIC.

Los responsables: Cadena y unidad de Mando

Desde el inició de la toma el Presidente de la República, Belisario Betancur, tuvo pleno conocimiento de la operación militar desplegada y tomó decisiones respecto de la misma. Bajo las órdenes directas de éste, los Generales Rafael Samudio Molina, comandante del Ejército Nacional y Jesús Armando Arias Cabrales, comandante de la brigada XII, desplegaron la retoma del Palacio de Justicia. Además contó con la participación de la Fuerza Aérea, con dos Aviones Hércules de transporte de tropas y material de guerra y con dos helicópteros.

Bajo el mando de Arias Cabrales quien estuvo siempre en el sitio de los hechos, se encontraban: el Coronel Rafael Hernández López del grupo de reacción de la Escuela de Artillería; el Coronel Luis Carlos Sadovnik Sánchez, Subcomandante de la Brigada XIII; el Coronel Edilberto Sánchez Rubiano, jefe del B-2; el Coronel Víctor Arévalo de la unidad de reacción de la Escuela de Ingenieros; la Escuelas de Caballería, Artillería, Infantería, Ingenieros, Logística y Comunicaciones; los Batallones de Guardia Presidencial y de Policía Militar número 1 y 11 y del grupo Rincón Quiñones, los Batallones de Ingenieros Baraya y Servicios número 13 y las agregaciones temporales que se efectuaron de la Escuela de Suboficiales (BR-10), Batallón Serviez (BR-7) y Batallón de Servicios número 1 (BR-1) y de la Brigada Séptima. Igualmente, se contó con el apoyo de la Policía Nacional, el DAS.

El uso excesivo de la fuerza

Los tribunales de lo contencioso administrativo se han pronunciado reiteradamente sobre “el poder destructivo de la operación” en desmedro de la vida de los civiles. El Informe Final de la Comisión de la Verdad de los hechos de Palacio de Justicia consideró: “que nunca existió intención real ni definitiva del gobierno nacional de trata de salvar la vida de los rehenes”. El Tribunal Superior de Bogotá exhortó se abriera una investigación por parte de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional en cuanto a la responsabilidad del Presidente Belisario Betancur.

La alteración de la escena del crimen

Otra de las irregularidades fue la manipulación, ocultamiento, destrucción de evidencia y otras múltiples acciones u omisiones abiertamente irregulares en el tratamiento de la escena del crimen se efectuaron por parte de las Fuerzas Militares durante la operación militar de la retoma y una vez esta terminó.

A fin de asegurar la impunidad de los crímenes cometidos, de los 94 cadáveres con actas de levantamiento, 72 de ellos fueron encontrados en “posición artificial” y solo 22 no fueron removidos del sitio original donde fallecieron. El señor Enrique Rodríguez relató el tratamiento inadecuado que miembros del ejército y bomberos le daban a los cadáveres, el cual incluía el lavado con mangueras de alta presión. Es decir, se desconocieron las normas del Código de Procedimiento Penal relativas a las labores de manejo de escena, levantamiento del cadáver, cadena de custodia y funciones de la Policía Judicial.

Además del tratamiento inadecuado, los Jueces Penales Militares ordenaron la inhumación de 38 cuerpos en la fosa común del cementerio del sur dentro de los cuales no están los 11 desaparecidos del Palacio de Justicia.

Las actividades de búsqueda de las personas desaparecidas del Palacio de Justicia

La búsqueda ha sido emprendida fundamentalmente por los familiares, sin embargo la Procuraduría General de la Nación, la Fiscalía General de la Nación y el Instituto Nacional de Medicina legal, en los años 1986, 1998-2000 y 2007 realizaron algunas labores de prospección con él con el fin de encontrar a las personas desaparecidas, sin que las mismas tuviesen algún resultado positivo.

Adicionalmente el Instituto Nacional de Medicina Legal y el Grupo de Genética de la Fiscalía General de la Nación realizaron en 5 momentos los cotejos de ADN a 88 de esqueletos de los 90 esqueletos adultos exhumados de la fosa común del cementerio del sur, en dos casos no se pudo obtener una muestra para ser cotejada debido al avanzado estado de calcinación. Estos 88 esqueletos fueron cotejados con los perfiles genéticos de los familiares de los desaparecidos y solo uno de ellos corresponde a los restos que fueron inhumados en la fosa común del cementerio del sur, este es el caso de Ana Rosa Castiblanco.

Veintisiete años después de la ocurrencia de los hechos aun se desconoce el paradero de 11 personas que se encontraban en el Palacio de Justicia el 6 de noviembre de 1985. El Tribunal Superior de Bogotá en el proceso penal adelantado en contra del Coronel Plazas Vega, estableció que la incertidumbre respecto a la situación de estas personas es responsabilidad del Estado:

“Ello es así porque se evidencian irregularidades en el trámite del proceso, precisamente en torno a 9 de los presuntos desaparecidos forzados (…), respecto de quienes hasta la fecha el Estado colombiano no ha cumplido con su obligación de realizar todos los procedimientos necesarios para aclarar su verdadera situación, máxime si se tiene en cuenta que los escasos trámites que se han llevado a cabo para tal fin se hicieron de manera irregular, con lo cual se están vulnerando, tanto las garantías fundamentales del procesado como los derechos de las víctimas” .

Las víctimas

Detenidos desaparecidos: los empleados de cafetería Carlos Augusto Rodriguez Vera, Cristina del Pilar Guarín Cortés, David Suspes Celis, Luz Mary portela León, Bernardo Beltrán Hernández, Héctor Jaime Beltrán Fuentes, Gloria estela Lizarazo, Ana Rosa Castiblanco,; los visitantes ocasionales Gloria Anzola de Lanao, Lucy Amparo Oviedo, Norma Constanza Esguerra. Y, la guerrillera Irma Franco Pineda.

Detención arbitraria y torturas: Yolanda Santodomingo Albericci, Eduardo Matson Ospino, Orlando Quijano y José Vicente Rubiano Galvis.

Desaparición forzada y posterior ejecución extrajudicial: magistrado auxiliar del Consejo de Estado, Carlos Horacio Urán.

Impunidad

En 27 años , 10 personas han sido investigadas por la desaparición de 11 personas durante los hechos ocurridos en el Palacio, solo 2 de ellas han sido condenadas y las sentencias aun no están en firme. Persiste la duda, ¿Donde están los desaparecidos del Palacio de Justicia?

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