Mandatos del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación; del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria: de la Relatora Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión: de la Relatora Especial sobre la situación de los defensores de derechos humanos y de la Relatora Especial sobre la promoción y la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo
Ref.: AL COL 13/2022
(por favor, utilice esta referencia en su respuesta)
23 de enero de 2023
Excelencia,
Tenemos el honor de dirigirnos a Usted en nuestra calidad de Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación; Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria; Relatora Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión; Relatora Especial sobre la situación de los defensores de derechos humanos y Relatora Especial sobre la promoción y la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo, de conformidad con las resoluciones 50/17, 51/8, 43/4, 43/16 y 49/10 del Consejo de Derechos Humanos.
En este contexto, quisiéramos señalar a la atención urgente del Gobierno de Su Excelencia la información que hemos recibido en relación con la alegada criminalización de las personas que ejercieron sus derechos de libertad de asociación y reunión, y libertad de expresión durante las protestas que iniciaron en abril de 2021, por medio del uso de tipos penales, entre los que se encuentran terrorismo. Asimismo, por alegadas estigmatizaciones públicas de las protestas, sus participantes y organizadores, irregularidades en los procesos penales, y abuso de las penas así como de la figura de prisión preventiva en el marco de los procesos iniciados.
Conoce y descarga aquí el informe completo
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