Solicitud al Gobierno colombiano de conceder indultos y amnistías

Solicitud al Gobierno colombiano de conceder indultos y amnistías

Bogotá D.C.
Octubre 15 de 2016

Señor:
JUAN MANUEL SANTOS CALDERON
Presidente de la Republica de Colombia
E. S. D.

Señor:
RODRIGO LONDOÑO ECHEVERRY
Comandante en Jefe FARC-EP
E. S. D.

Asunto: Petición de Indulto y Amnistía para Personas Procesadas por Pertenecer o Colaborar con las FARC-EP.

Las Organizaciones Defensoras de Derechos Humanos abajo firmantes, asociadas en la Coalición Larga Vida a las Mariposas, en nuestra condición de representantes de Prisioneros Políticos que se encuentran en la situación prevista en el punto 3.3 del Acuerdo General para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, de manera respetuosa, acudimos a ustedes para solicitarles se conceda con celeridad el INDULTO y AMNISTÍA para Prisioneros y Prisioneras Políticas, conforme a lo establecido en la Ley 418 de 1997 y normas concordantes, al artículo 201 de la Constitución Política de Colombia y a los Acuerdos General y Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, conforme a las siguientes consideraciones:

1. Desde el año 2011, las Organizaciones Defensoras de Derechos Humanos asociadas en la Coalición Larga Vida a las Mariposas empezamos la elaboración de un censo nacional de personas procesadas por pertenecer o colaborar con las FARC-EP, razón por la cual, actualmente contamos con un primer listado documentado de Prisioneros y Prisioneras Políticas que se encuentran en la situación prevista en lo establecido en el artículo 50 de la Ley 418 de 1997 y normas concordantes, el artículo 201 de la Constitución Política de Colombia, el punto 3.3 del Acuerdo General para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, el Acuerdo Final Especial y sus anexos.

2. Respecto al numeral 4 del Acuerdo para Facilitar la Ejecución del Cronograma del Proceso de Dejación de Armas, alcanzado mediante acuerdo del 23 de junio de 2016, las personas privadas de la libertad, por pertenecer a las FARC-EP, serán objeto del indulto previsto en la ley, el cual se otorgará desde el momento en que se inicie el proceso de dejación de armas; sobre el particular, debemos entender que el cese bilateral al fuego fue anunciado por las partes el 29 de agosto del cursante y para efectos de la dejación de armas cobra gran importancia y consideración el procedimiento realizado de manera voluntaria por las FARC-EP, con acompañamiento de la ONU en los llanos del Yari, acto en el cual detonaron de manera controlada 620 kilos de armamento, lo que permite inferir que en reciprocidad están dados los requisitos del acuerdo para la aplicación inmediata de la liberación de Prisioneros y Prisioneras Políticas a través del INDULTO y la AMNISTIA.

3. El comunicado conjunto de las FARC-EP y el Gobierno Nacional, con fecha de octubre 7 de 2016, deja claro la voluntad entre las partes de continuar avanzando en la puesta en marcha de medidas de construcción de confianzas de carácter humanitario, en tal sentido, es pertinente la implementación de los acuerdos en relación con la concesión de INDULTOS y AMNISTIAS para las y los prisioneros políticos, toda vez que son ellas y ellos quienes actualmente esperan gestos de Paz que reivindiquen su Dignidad Humana y les den la oportunidad de aportar en la construcción de una paz estable y duradera.

4. Los prisioneros y prisioneras políticas censados por nuestras organizaciones, manifiestan ser integrantes y/o colaboradores de las FARC-EP y efectivamente se encuentran privados de la libertad por el delito de REBELION Y/O CONEXOS atribuidos a las FARC-EP.

5. Es voluntad de estos Prisioneros y Prisioneras Políticas ser beneficiadas del INDULTO y la AMNISTIA previstos en las normas vigentes y en el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. Así mismo, resaltamos que a la fecha de la presente solicitud, no existe en contra ellos y ellas ningún requerimiento adicional por parte de alguna autoridad judicial ni otra sentencia por hechos diferentes a los ya enunciados.

6. Es interés de estos prisioneros y prisioneras políticas dar un paso más hacia la reincorporación a la vida civil y constituirse como PROMOTORES DE PAZ con miras a lograr que muchos Colombianos y Colombianas se vinculen a diversas tareas que tienen que ver con la implementación de los Acuerdos de la Habana.

7. Anunciamos nuestro compromiso como Coalición Larga Vida a las Mariposas de radicar ante el Ministerio de Justicia y del Derecho las solicitudes formales de indulto y amnistía para las y los Prisioneros Políticos mencionados.

En virtud de lo anterior, presentamos con carácter urgente la siguiente:

Peticiones

1. Solicitamos respetuosamente a las FARC-EP reconocer de manera formal como integrantes y/o colaboradores de su organización a las Prisioneras y Prisioneros Políticos incluidos en el primer listado documentado por la CLVM, a fin de ser sujetos del beneficio de INDULTOS y AMNISTIAS.

2. Solicitamos al Gobierno de Colombia, en cabeza del Presidente JUAN MANUEL SANTOS CALDERON, conceder con celeridad los INDULTOS y AMNISTIAS, y en consecuencia la EXCARCELACION INMEDIATA de las prisioneras y prisioneros políticos que cumplen con los requisitos establecidos por la normatividad vigente y el acuerdo especial de paz.

3. Solicitamos al Gobierno Nacional que, en garantía de los principios y derechos fundamentales del debido proceso, garantías procesales y favorabilidad penal, CESEN LOS PROCEDIMIENTO DE EXTRADICIÓN de las y los Prisioneros Políticos procesados por pertenecer o colaborar a las FARC-EP conforme a lo pactado en el Acuerdo Especial para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera.

Con admiración y respeto,

ONG de Derechos Humanos de la CLVM:
• Corporación Colectivo de Abogados Suyana
• Corporación Nelson Mandela para La Libertad y la Paz –CNEMALIPAZ-
• Corporación Semilla y Memoria
• Corporación Solidaridad Jurídica
• Corporación Yarokamena
• Equipo de Acompañamiento Jurídico a Prisioneros Políticos del Magdalena Medio, Santander y Norte de Santander
• Fundación para la Solidaridad y Defensa con la Población Carcelaria de Colombia Juan David Pineda Cardona
• Fundación Colombiana de Ex Combatientes y Promotores de Paz –FUCEPAZ-
• Fundación Lazos de Dignidad -FLD-

Con copia:

• Países Garantes y Acompañes -Cuba, Noruega, Chile, Venezuela-
• Oficina en Colombia del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas- Mecanismo de Monitoreo y Verificación -MM&V
• Oficina del Alto Comisionado para la Paz

Ver documento completo:

https://www.colectivodeabogados.org/wp-content/uploads/2021/07/au_cajibio_11_febrero_2016.docx

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