Amenazas de Muerte contra el Líder Social Freddy Gómez

Hechos
1. El día jueves 14 de junio del 2012, siendo aproximadamente las 9:00 a.m., el compañero Freddy Gómez recibió una llamada en su casa en la cual le decían que él era otra de las personas que estaban en la lista de los que iban a desaparecer de Pereira. Al preguntarles de qué hablaban le respondieron que él sabía lo que le decían y acto seguido lo insultaron.

2. El mismo día, siendo aproximadamente las 11:00 a.m., recibió otra llamada en la cual le dijeron que “dejara de estar jodiendo, guerrillero camuflado de sindicalista”.

Antecedentes
1. Desde el año 2004 el compañero ha sido víctima de amenazas recibidas tanto por vía telefónica como personalmente y ha sido víctima de seguimientos en varias oportunidades.

2. En el año 2008 fue víctima de un atentado en contra de su vida y la de su familia cuando desconocidos le dispararon al carro en el cual se transportaba con sus hijos y esposa, atentado del cual resultaron ilesos.

3. Hace dos o tres años aparecieron en los baños de la empresa Comestibles La Rosa Varios señalamientos y amenazas en su contra, algunos de los cuales están firmados por el grupo paramilitar “Bloque Cacique Calarcá”.

Todos estos antecedentes y hechos han sido denunciados ante la Fiscalía General de la Nación. Por todo lo anterior:

Exigimos al Estado Colombiano
1. Adelantar las medidas necesarias para proteger la vida, integridad física y psicológica del compañero Freddy Gómez y de su familia.
2. Dar cumplimiento a las recomendaciones de la OACNUDH y de la defensoría del pueblo frente a la protección de los y las defensoras de derechos humanos del país y de los sindicalistas.

ración sobre los defensores de los derechos humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre 1998, en particular en lo referente a la protección del derecho de toda persona “(…) individual o colectivamente, a promover la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional y a esforzarse por ellos” (Art. 1), así como en lo relativo al deber del Estado de garantizar “…la protección por las autoridades competentes de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración” (Art. 12.2)

Finalmente, solicitamos a las organizaciones sociales, sindicales, políticas, gremiales y de derechos humanos a rodear al compañero Freddy Gómez y pronunciarse en contra de las amenazas proferidas en su contra.

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