Las Cortes fallan, la mina incumple: impunidad y racismo ambiental en La Guajira – Columna de Luz Marcela Pérez Arias

Las Cortes fallan, la mina incumple: impunidad y racismo ambiental en La Guajira – Columna de Luz Marcela Pérez Arias

Luz Marcela Pérez es abogada defensora de derechos humanos integrante del Cajar

A propósito de la publicación Cuando la impunidad se vuelve paisaje y la segunda Caravana de la Guajira le habla al país. 

Kafka escribió el famoso cuento Ante la ley, trata de un campesino al que un guardián le impide durante toda su vida atravesar una puerta que le permitiría acceder a la Ley, cuando el campesino está por morir el guardián le revela que esa puerta estaba reservada sólo para él. En el caso de comunidades wayuus y afrocampesinas  les abrieron una puerta aparente de “acceso” a la justicia de los alijunas para enfrentar las sistemáticas violaciones de la mina de carbón impuesta en su territorio. Les aseguraron que habían entrado pero lo cierto es que una vez atravesada todo sigue empeorando o al menos no parece mejorar para bien.

Por décadas se han recorrido largos kilómetros, maratones enteras de pruebas, testimonios, conceptos, inspecciones, peritajes y toda suerte de montañas de evidencias para “demostrar” que el sufrimiento es real y el abuso es cierto. Es palpable en el aire, agua, tierra, paisaje, en la piel y pulmones de niños y niñas enfermos por el polvillo del carbón, en la angustia de la madre wayúu, en la tristeza de la abuela que ya no sueña, en la nostalgia de la negra hosca que fue desarraigada de su territorio de origen, en el padre que por alzar su voz en contra de los atropellos ahora tiene que ponerse un pesado y caluroso chaleco antibalas.

Luego de numerosas sentencias que reconocen las múltiples violaciones asociadas a la explotación a cielo abierto las maratones siguen, esta vez para lograr que se cumpla algo de lo ordenado o para que se cumpla no sólo en apariencias. Mirando en retrospectiva el camino para acceder a aquella justicia efectiva pareciera hacerse cada vez más lejano, dejando la sensación que provocar un desgaste físico y emocional en lograr la implementación y cumplimiento de las órdenes judiciales es una estrategia mucho más efectiva que “ganar” un proceso judicial.

Esto sin contar que en todos estos años varias de las órdenes judiciales se han convertido en medidas adoptadas más en la lógica de ajustar y mejorar el funcionamiento de la extracción minera o en seguir ordenando estudios y más estudios, en lugar de buscar una efectiva y real protección de los derechos violados. Estos ajustes a la operación han servido para que la empresa minera se precie de ser muy técnica y responsable, aunque el eslogan de minería “responsable” se quede solo en la frase publicitaria o responsable si lo es, pero de abusos.Una frase que se atribuye a Platón reza “la peor forma de injusticia es la justicia simulada.”

Varias sentencias de la Corte Constitucional que recopilan testimonios de los abusos de esta operación extractiva aluden a las nociones de injusticia, discriminación y racismo ambiental (1) reflejadas en que las principales consecuencias negativas y efectos tóxicos de proyectos extractivos los soportan desproporcionadamente poblaciones sometidas a marginación y  empobrecimiento y vulnerabilidad. Persisten prácticas e imaginarios en los cuales unas vidas humanas valen más que otras, lo que justifica que se concentren despojos, injusticias y violaciones en grupos cuyas vidas y territorios son considerados “zonas de sacrificio” (2). En otras palabras, los negocios de empresas multinacionales resultan más valiosos y rentables que la pervivencia de pueblos en riesgo del exterminio cultural.

Junto a los impactos y daños no cuantificados que acumula esta explotación quedan acumuladas las pilas de sentencias, pero los abusos no cesan, al igual que no ha cesado nunca la explotación de la mina todos los días del año, noche y día, día y noche.  La falta de respeto a la decisiones judiciales prolonga la vulneración de los derechos amparados, profundiza la revictimización y perpetúa la injusticia defraudando las esperanzas y la confianza que se deposita en el sistema de justicia, ¿cómo responder a la pregunta que se repite entre las comunidades afectadas por la mina de carbón de 40 años en la Guajira ¿por qué las sentencias no se cumplen? ¿por qué no paran los abusos? ¿El dinero y su capacidad de corromper blinda a las compañías extractivas transnacionales  para que cometan crímenes sin que se les aplique una real justicia?

El modelo del capitalismo salvaje naturaliza la asimetría y poder ilimitado de multinacionales desprovistas de un régimen de responsabilidad que logran escapar al enjuiciamiento mediante prácticas de la cooptación, captura e interferencia del Estado. A su vez, la falta de instrumentos legales vinculantes a nivel internacional y restar eficacia al sistema judicial son piedras angulares que sostienen la arquitectura de la impunidad que asegura la sistematicidad de las violaciones.

La burla e incumplimiento a las sentencias logradas en enormes contextos de asimetrías parece corroborar que las compañías transnacionales extractivas no están atadas ni a la Constitución, ni al sistema judicial en Colombia, su poder corporativo ha estado por encima de la sociedad democrática y constitucional que ampara un orden justo. El Estado y su legitimidad queda en entredicho, en la medida en que no demuestra cumplir con los fines esenciales los cuales está instituido, lo que queda de saldo es el abuso del poder corporativo con la tolerancia estatal.

No solo no se cumplen a cabalidad los fallos sino que las compañías multinacionales involucradas persisten en la negación y falta de reconocimiento de las verdades establecidas y probadas bajo las reglas de debido proceso y contradicción. Mediante trucos de marketing y publicidad que califican a la evidencia probada ante las Cortes como “mitos” se desacredita a la justicia, se encubren desacatos, se desinforma y se niega el derecho a la verdad a las víctimas de sus abusos.

Vale la pena recordar que hacer fraude a una sentencia es un delito en Colombia que hace referencia a la práctica de ciertas maniobras, argucias y artimañas para evitar el cumplimiento de una obligación impuesta mediante decisión judicial. A su vez, que de acuerdo a la Corte Constitucional la verdad judicial adquiere un valor importante para las víctimas, ya que debido a las estrictas condiciones por las que debe transitar para reconstrucción tiene por su naturaleza, una fuerza jurídica y simbólica propia, con independencia de otras versiones o hipótesis no oficiales sobre lo sucedido, especialmente resistente frente a tesis negacionistas y revisionistas.(3)

La anulación del derecho a la justicia efectiva anula la garantía de los demás derechos. La impunidad devela una historia de discriminación y racismo que requiere transformaciones estructurales y radicales. Han sido tan repetitivas y generalizadas las violaciones asociadas a esta operación que la sistematicidad ha sido reconocida por la misma Corte Constitucional. Salvamentos de voto de magistrados de la Corte Constitucional en la sentencia SU 698 de 2017 habían señalado que la sentencia contra esta operación minera debería dejar de ser otro caso de (flatus vocis) de palabras vacías y que la Corte “debería dar el siguiente paso” en adoptar medidas dirigidas a la protección efectiva de los derechos transgredidos.(4)

En efecto, ese siguiente paso tendría que ver con adoptar medidas que respondan de manera proporcional a la gravedad y sistematicidad de las violaciones causadas. Establecer medidas efectivas de remediación y restauración integral como avanzar hacia la descarbonización y una transición energética justa cada vez urgente ante los estragos de la crisis climática . Detener los abusos de  la mega minería de carbón en un departamento cuya niñez indigena no solo muere de sed y hambre sino también de contaminación y discriminación.

La sistematicidad de las violaciones de esta operación que han sido corroboradas en instancias judiciales y los reiterados incumplimientos deberían conducir a que se tomarán medidas drásticas que dignifiquen el papel de la justicia y eviten la consolidación del paisaje de la impunidad. La Guajira no es una zona de sacrificio es un territorio que merece ser respetado, el sueño de alcanzar una verdadera justicia continúa.

Notas:

1.Sentencias de la Corte Constitucional T 704 de 2016, T 329 de 2017, T 614 de 2019.

2.  Boyd, D. R., McKenna, H.B. (2021). Sacrifice Zones: 50 of the Most polluted Places on Earth. The University of British Columbia. Disponible en: https://www.ohchr.org/ sites/default/files/2022-03/SacrificeZones-userfriendlyversion.pdf

3.  Corte Constitucional, sentencias C-017 de 2018.

4. Salvamento de voto Diana Fajardo y Alberto Rojas Ríos  en Sentencia  SU 698 de 2017.

 

 

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