Se venció el plazo establecido en el decreto 288 de 2018 y la unidad de búsqueda de personas dadas por desaparecidas, (ubpd), no cuenta con la base jurídica para entrar en funcionamiento

En el artículo 5 del decreto 288 se estableció que la UBPD debía diseñar la estructura, planta y nomenclatura definitiva de la institución a fin de que entrara en funcionamiento a más tardar dentro de los cinco meses contados a partir de la fecha de aprobación del decreto. El plazo se venció el...

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