Un presidente que elige su propio juez y busca estar por encima de la justicia

#NadiePorEncimaDeLaJusticia

El pasado 6 de abril, el Ministro de Justicia, Wilson Ruiz Orejuela, expidió el Decreto 333 de 2021 con el que se modifican las actuales reglas de reparto para la acción de tutela, justificando los cambios como necesarios para disminuir la congestión judicial. Sin embargo, no parece que esta sea la verdadera razón que motivó la expedición de esta norma, porque el cambio más notable es en el reparto de las tutelas que se dirigen contra el Presidente de la República. Es muy grave que un Presidente, haciendo uso de su facultad de reglamentar las leyes, pueda “escoger” el juez que va a controlar sus actuaciones cuando estas afecten derechos fundamentales. Iván Duque y su ministro de Justicia están vulnerando la Constitución con este decreto y afectando directamente la ya maltrecha independencia de la justicia.

Con la mencionada norma se agregó un numeral 12 al artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015[1]. Según este, las acciones de tutela que se dirijan contra las actuaciones del Presidente de la República, incluyendo aquellas que se relacionan con la seguridad nacional, así como las actuaciones de índole administrativa o política, y los programas y/o estrategias del gobierno nacional, autoridades, organismos, consejos o entidades públicas que se relacionan con la erradicación de cultivos ilícitos, serán repartidas al Consejo de Estado para su conocimiento en primera instancia. Con las anteriores reglas de reparto, las actuaciones del presidente eran conocidas por los Tribunales Administrativos o los Tribunales Superiores de Distrito Judicial[2].

Esta modificación se da en un contexto de varios conflictos en los que comunidades han recurrido a la acción de tutela para que se les garantice el derecho a la consulta previa y la protección de otros derechos fundamentales, en situaciones en las que el gobierno nacional ha adelantado operativos de erradicación forzada y ha anunciado el reinicio de la aspersión aérea de glifosato, en contravía de lo establecido en el punto 4 del Acuerdo de Paz sobre la solución al problema de las drogas ilícitas y la jurisprudencia de la Corte Constitucional[3]. Luego de varias decisiones adoptadas por distintos Tribunales protegiendo a las comunidades, el gobierno nacional abusa de su facultad de reglamentar las leyes para cambiar el juez que debe conocer estas acciones de tutela en adelante. Las intenciones del Gobierno con este cambio en las reglas de reparto de las acciones de tutela son evidentes.

Es claro que con esta medida no se desconcentra ni se descongestiona la administración de justicia. Tampoco se favorecen la unificación jurisprudencial o el interés general, como lo argumenta el gobierno. Por el contrario, se congestionará al Consejo de Estado, y se le cargará con pronunciamientos sobre contextos y afectaciones a los derechos fundamentales de personas de zonas del país particularmente afectadas por el conflicto armado, cuya situación conocen directamente y mucho mejor los tribunales de las diferentes regiones. Además, se imponen barreras injustificadas para el acceso a la justicia a las comunidades rurales afectadas por el incumplimiento gubernamental al Acuerdo de Paz, las cuales intentan proteger sus derechos a través de la acción de tutela. Y, sobre todo, se hace evidente la deriva autoritaria en que nos encontramos, que se traduce en una nueva interferencia indebida a la autonomía y la independencia de la justicia que en esta ocasión afecta el corazón del Estado social y democrático de derecho, obstaculizando el sistema de control constitucional creado en 1991.

Desde la Campaña por la Independencia de la Justicia llamamos a que se respete la independencia de los jueces colombianos y reiteramos que nadie, ni siquiera el Presidente, puede estar por encima de la justicia.

 #NadiePorEncimaDeLaJusticia

[1] Este también fue modificado por el Decreto 1983 de 2017.

[2] De conformidad con el numeral 3 del artículo 2.2.3.1.2.1. modificado por el Decreto 1983 de 2017.

[3] Ver: Corte Constitucional de Colombia. Sentencia T-236 de 2017 y Auto 387 de 2019.

Suscriben,

Plataformas de Derechos Humanos

  1. Coordinación Colombia Europa Estados Unidos
  2. Alianza de Organizaciones Sociales y Afines
  3. Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo

Organizaciones

  1. Colectivo Sociojurídico Orlando Fals Borda
  2. Comisión Colombiana de Juristas
  3. Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento -CODHES-
  4. Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo
  5. Viva la Ciudadanía
  6. Asonal Judicial S.I.
  7. Colombia Human Rights Committee
  8. Corporación Reiniciar
  9. Fasol
  10.   Grupo Litigio Estratégico UIS
  11.   Let’s Defend Colombia
  12.   Aluna Suecia.
  13.   ANDAS – Asociación Nacional de Ayuda Solidaria, Capítulo Huila
  14.   Asamblea Provincial Constituyente Del Oriente Antioqueño
  15.   Asociación MINGA
  16.   Asociación red de mujeres víctimas y profesionales
  17.   Asociación Red Solidaria.              
  18.   Asojuntas Comuna 10 Estación Gutiérrez Dosquebradas Risaralda
  19.   ASOMUDEM
  20.   Associació Huitaca pacte per la vida i per la Pau.                 
  21.   Campaña Internacional por la Defensa de las Cortes y la Democracia
  22.   Ciudadanías por la Paz de Colombia
  23.   Colectiva de Mujeres Refugiadas, Exiliadas y Migradas.   
  24.   Colombia humana saint HYACINTHE
  25.   Comunal
  26.   Conciliadores En Equidad
  27.   Convergencia Internacional -NY
  28.   Corporación Conciudadanía
  29.   Corporación Cultural para el desarrollo Arlequín y los Juglares
  30.   CPDH Colombia
  31.   DESDE ADENTRO Grupo Socio Cultural
  32.   DLPI Defendamos La Paz Internacional.
  33.   Escuela Derecho Propio Laureano Inampues
  34.   FCSPP Atlántico
  35.   FIV Albacete     
  36.   Foro Nacional por Colombia
  37.   Fundación víctimas de estado desaparición Forzada ddhh (FVEDFDH)
  38.   JAC Olarte
  39.   MOVICE Meta
  40.   MOVIMIENTO NACIONAL DE VÍCTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO-MOVICE
  41.   PDAI Polo Democrático Alternativo Internacional.
  42.   Polo Democrático Alternativo
  43.   Red De Mujeres Nodo Caldas
  44.   Sintraime la jagua
  45.   Sintravidricol
  46.   Unidos por la Paz – Alemania.
  47.   Vamos Cundinamarca
  48.   Vamos Por Los Derechos Internacional.

Personas

  1. Adriana María Diosa Colorado, Corporación Cultural para el desarrollo Arlequín y los Juglares
  2. Ana Aracelly Hoyos Gómez, Ciudadanía
  3. Andrea Toro, Colombia humana
  4. Anton Castro, Partido FARC
  5. Beatriz Durango Hernández, Ciudadanía
  6. Blanca Valdelamar Navarro, Conciliadores En Equidad
  7. Boris Orjuela, Colectivo OFB
  8. Carlos Arturo Correa Páez, Ciudadanía
  9. Claudia Campo Cisneros, JAC Olarte
  10.   Cristian Oswaldo Quintero Rincon, Vamos Cundinamarca
  11.   Diana Sánchez Lara, Asociación MINGA
  12.   Eduardo Bustamante, Asamblea Provincial Constituyente Del Oriente Antioqueño
  13.   Enrique Rico, Docente Pensionado
  14.   Fernando Matamoros Castiblanco, Ciudadanía
  15.   Jairo Alberto Guerrero Davila, Escuela Derecho Propio Laureano Inampues
  16.   Jesus Rodriguez De Las Salas, Sinproseg
  17.   José David Ortega Ruiz , ASCSUCOR
  18.   Joselito Rojas Rico, Asonal Judicial S.I.
  19.   Juan Sebastián Quintero Cabrera , Universidad Nacional
  20.   Julia De Castro Andrade, Ciudadana
  21.   Julio Cesar Bonilla Mosquera, Líderes Barriales
  22.   Leidy Jhoana Dávila Cano, Universidad de Antioquia
  23.   Leonor Cortés Bolívar , Colombia Humana
  24.   Luisa Antonia Serrano Gómez , Persona
  25.   Luisa María Muñoz López, Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo
  26.   Luz Mery Velasquez Carmona , DESDE ADENTRO Grupo Socio Cultural
  27.   Maria Cecilia Lozano, ASOMUDEM
  28.   Maria Cepeda Castro, Vamos Por Los Derechos Internacional
  29.   Maria Jesus Cedeño Sarmiento, FCSPP Atlántico
  30.   Maria Teresa Muñoz , Foro Nacional por Colombia
  31.   Martha Rincón, Colombia humana saint HYACINTHE
  32.   Maureén Maya, Piero x la paz
  33.   Mildreth Solandy Hernández Rodríguez, Juventudes Unidas por la Sostenibilidad del Planeta
  34.   Natalie Callejas, NA
  35.   Nívea Esperanza Dorado Guerrero, Independiente
  36.   Nixa Wguerddy Triana Balaguera, UNAL
  37.   Ramiro Antonio Sandoval, Convergencia Internacional -NY
  38.   Rosario Montoya Hoyos, Ceac
  39.   Saúl Felipe Malagón Maldonado, Cajar
  40.   Sonia Racines Velásquez, Comunal
  41.   Stella Cano, Escuela de Paz Eje Cafetero
  42. Victoria Sandino Simanca Herrera, Senadora Partido Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común
  43.   Vilma Gutiérrez Mendez, MOVICE Meta
  44.   Wilfer Antonio Vergara García, Realizador radial Emisora Cultural U deA
  45.   Willman Parraci Peña , ANDAS – Asociación Nacional de Ayuda Solidaria, Capítulo Huila
  46.   Wilson Borja Díaz, Polo Democrático Alternativo
  47.   Wilson Montoya Castro, Sintravidricol
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