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Celebramos la vida de la lideresa campesina Gilma Benitez
(Foto: Notiagen) La Corporación Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” lamenta profundamente el fallecimiento de la dirigente campesina Gilma Benitez Benavides, luchadora incansable por el derecho a la tierra y la vida digna en el campo, en cada una de las organizaciones en las que participó durante su larga trayectoria, y hasta sus últimas tareas: la Marcha de Mujeres Campesinas y la Coordinación Nacional Campesina.
Desacato Presidencial
Todos los sistemas jurídicos nacionales e internacionales consagran las medidas cautelares. Colombia no es una excepción. Igualmente están previstas las medidas cautelares en los sistemas de protección de derechos humanos, tanto en Naciones Unidas, como los Sistema Europeo, Interamericano y Africano, con naturaleza diferente también la Corte Penal Internacional y la Corte Internacional de Justicia contemplan este instrumento jurídico. La razón de ser de las medidas cautelares en el mundo es que son vinculantes, y esta es una regla universal.
Corte Suprema de Justicia ratifica condena contra ocho miembros del Ejército por “falso positivo”
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena contra ocho militares por los delitos de desaparición forzada de personas, homicidio agravado, falsedad en documentos públicos, peculado por apropiación, concierto para delinquir entre otros, cometidos en el año 2008 contra de Daniel Andrés Pesca Olaya y Eduardo Garzón Páez, humildes jóvenes trabajadores, de Bogotá y Soacha, respectivamente, quienes fueron asesinados y enterrados como N.N. el 4 de marzo de 2008.
Comunicación de la CIDH sobre Medidas Cautelares al Alcalde Mayor de Bogotá, Gustavo Petro Urrego
titre documents joints Resumen del caso Gustavo Petro (PDF – 554.3 KB)
Comunicado público: Medidas Cautelares de la CIDH a favor de Gustavo Petro son de obligatorio cumplimiento
La Corporación Colectivo de Abogados ’José Alvear Restrepo’, recuerda a la opinión pública que el gobierno colombiano ha sido respetuoso de las medidas cautelares ordenadas por Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que en relación con el actual Alcalde de Bogotá, el propio Presidente de la República Juan Manuel Santos, ha manifestado que acataría las decisiones que obligan al Estado colombiano, por tanto queremos hacer énfasis en que:
En reiterada jurisprudencia la Corte Constitucional de Colombia ha sido enfática en señalar que las medidas cautelares ordenadas por la CIDH son de obligatorio cumplimiento para el Estado colombiano.
Corte Suprema deja en firme condena contra ocho militares por torturas y asesinato del profesor Gerardo Liévano García
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, ha proferido una sentencia con fecha 12 de Febrero del presente año, mediante la cual no casa la sentencia de Segunda y Primera instancia, es decir, deja en firme la condena contra varios miembros del ejército nacional pertenecientes al grupo CAES del Batallón Masa, ubicado en la ciudad de Cúcuta, por torturas y homicidio del profesor de la Unión Sindical Obrera, USO, Gerardo Liévano García, en noviembre de 1993.
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Si dice la verdad, “Don Berna” tendría otra oportunidad
Con esta segunda oportunidad, las víctimas esperan que el ex comandante del Bloque Cacique Nutibara, quien además fungió como inspector general de las Autodefensas Unidas de Colombia y como comandante de los bloques Héroes de Tolová y Héroes de Granada, confiese plenamente sus delitos y diga quiénes fueron las personas o sectores económicos, políticos y de la Fuerza Pública que estuvieron detrás del paramilitarismo.
Irregularidades en la decisión de medidas de aseguramiento contra los 13 detenidos
Ante el proceder de la jueza, se escucharon los reclamos y las críticas de diversas organizaciones de derechos humanos y abogados denunciando que la decisión: “Viola el derecho a la defensa, ya que no refiere en ningún momento a los argumentos presentados por la defensa, que buscaban apelar dicha medida, además de obviar la explicación de forma clara y concisa, del por qué los considera como un peligro para la sociedad”.
2ª Asamblea Nacional por la Paz (ANPP)
Esta iniciativa por la paz es fruto de un acuerdo pactado en la convención colectiva USO-Ecopetrol a mediados del año pasado. En principio Ecopetrol había aceptado participar como convocante, pero luego tomó la determinación de actuar solo como auspiciante y aportante de los recursos para financiar el evento.
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El Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” –CAJAR es una Organización No Gubernamental sin ánimo de lucro, defensora de Derechos Humanos en Colombia. En el año de 1980 adquiere su personería jurídica convirtiéndose en una de las primeras organizaciones defensoras de Derechos Humanos en Colombia compuesta por abogados y abogadas. Cuenta con estatus consultivo ante la Organización de Estados Americanos, OEA, ante la ONU.
Defiende y promueve integralmente los derechos humanos, los derechos ambientales y los derechos de los pueblos, desde una perspectiva de indivisibilidad e interdependencia, con el objetivo de contribuir a la construcción de una sociedad justa y equitativa en la perspectiva de la inclusión política, económica, social y cultural.
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