Lo último de Cajar

Exclusión de paramilitares de Justicia y Paz sigue enfrentando obstáculos por norma inconstitucional

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El Tribunal Superior de Medellín decidió la recusación presentada por el Fiscal 45 de justicia y Paz de Medellín, Albeiro Chavarro Ávila, que buscó que dos de los magistrados de Justicia y Paz fueran apartados del conocimiento del caso contra Diego Fernando Murillo, Alias, “Don Berna”. Con esta decisión, el Tribunal ratifica que los magistrados Rubén Darío Pinilla Cogollo y María Consuelo Rincón, integrantes de la Sala Mayoritaria del Tribunal de justicia y paz de Medellín, deben seguir adelantando el proceso en contra del paramilitar para decidir si Don Berna es o no excluido de Justicia y Paz, y, en caso de no ser excluido, la condena que deberá afrontar dentro de esta jurisdicción.

Comité Británico de Derechos Humanos interpone amicus curiae en la Corte Suprema de Justicia por el Caso David Ravelo

Comité Británico de Derechos Humanos interpone amicus curiae en la Corte Suprema de Justicia por el Caso David Ravelo

El pasado 20 de Agosto de 2014 la abogada Kirsty Brimelow QC Presidente del Equipo de litigación internacional del BHRC, Bar Human Rights Commite of England and Wales (Comité de Derechos Humanos del Colegio de Abogados de Inglaterra y Gales), y abogada de la Corona del Reino Unido, radicó en la sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia un Amicus Curie sobre el caso de David Ravelo para que la Honorable Corte Suprema de Justicia considere admitir la demanda de Casación Penal que se encuentra en curso y resuelva estudiar de fondo el proceso.

Comisión Interamericana admite caso sobre la desaparición forzada de Pedro Julio Movilla Galarcio

Comisión Interamericana admite caso sobre la desaparición forzada de Pedro Julio Movilla Galarcio

Después de 21 años de la desaparición forzada del líder sindical y político Pedro Julio Movilla Galarcio, sus familiares sintieron renacer la esperanza de justicia al conocer que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos declaró esta semana la admisibilidad de su caso y evaluará la responsabilidad del Estado colombiano. el Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo”, Ccajar, presentará los alegatos de fondo para que la Comisión Interamericana se pronuncie y envíe el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos con el fin de insistir en que después de tan prolongada espera el Estado colombiano responda por el crimen y absuelva la pregunta diaria de sus familiares, compañeros y amigos ¿dónde está Pedro Movilla?

Medida de Aseguramiento contra Ex-Capitán del Ejército por la Masacre  del 16 de Mayo de 1998 en Barrancabermeja

Medida de Aseguramiento contra Ex-Capitán del Ejército por la Masacre del 16 de Mayo de 1998 en Barrancabermeja

Para la fecha se desempeñaba como Sub Jefe de Seguridad de la Refinería de de la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol, en Barrancabermeja y al mismo tiempo pertenecía a las Autodefensas Unidas de Santander y Sur del Cesar, AUSAC. La imposición de la medida de aseguramiento consistente en detención preventiva en contra del Ex-Capitán del ejército José Eduardo González Sánchez, Alias Mauricio fue dictada por la fiscalía 34 Especializa, Unidad de Derechos humanos de la ciudad de Bucaramanga, por los delitos de Homicidio Agravado y Desaparición Forzada Agravada. El Capitán retirado del ejército, José Eduardo González Sánchez también hizo parte de las filas de las Autodefensas en el frente Lanceros de Vélez y Boyacá; pertenecientes al Bloque Central Bolívar.

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Para el Movice es preocupante que el acuerdo no señale cómo se garantizará la participación de las víctimas tanto en la elección y postulación de los integrantes de las salas y del Tribunal como en la selección de los casos emblemáticos de que estas instancias se ocuparán, así como sobre su intervención en los diferentes procedimientos establecidos. El acuerdo solo señala que proveerán información que servirá para contrastar la conductas de quienes reconozcan verdad y responsabilidad.

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Como sinónimo de celebración y apoyo total a la recta final de los Acuerdos de Paz en la Habana, más de 5.000 mujeres provenientes de todo el país nos movilizaremos al Cauca el 25 de noviembre de 2015, siendo éste ejercicio parte de nuestro accionar político que ha buscado desde sus inicios la tramitación negociada del conflicto armado. Para esta gran movilización proclamaremos la consigna “Las mujeres pazharemos, refrendando la paz”, con la intencionalidad de aportar a la cercana refrendación de los Acuerdos.

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La CCEEU destaca también que la Jurisdicción Especial para la Paz sea vinculante para todos los actores involucrados en el conflicto armado. Sin embargo, no deja de preocuparle que la reciente reforma a la justicia penal militar permita que agentes involucrados en graves violaciones, eludan su obligación de acudir al Tribunal para la Paz para responder por tales hechos, amparándose en el Fuero Penal Militar. Aunado a lo anterior la CCEEU desea llamar la atención sobre 4 aspectos:

Fundador

José Alvear Restrepo

Nace en Medellín el 1 de julio de 1913 en el seno de una familia de profundas convicciones religiosas y bajo los parámetros de la ideología del partido conservador. Realiza sus estudios en la Facultad de Derecho de la Universidad de Antioquia, donde se gradúa de Abogado con una brillante tesis titulada: “Conflictos…

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El Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” –CAJAR es una Organización No Gubernamental sin ánimo de lucro, defensora de Derechos Humanos en Colombia. En el año de 1980 adquiere su personería jurídica convirtiéndose en una de las primeras organizaciones defensoras de Derechos Humanos en Colombia compuesta por abogados y abogadas. Cuenta con estatus consultivo ante la Organización de Estados Americanos, OEA, ante la ONU.

Defiende y promueve integralmente los derechos humanos, los derechos ambientales y los derechos de los pueblos, desde una perspectiva de indivisibilidad e interdependencia, con el objetivo de contribuir a la construcción de una sociedad justa y equitativa en la perspectiva de la inclusión política, económica, social y cultural.

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