Organización No Gubernamental de Derechos Humanos, afiliada a la FIDH y a la OMCT. Cuenta con estatus consultivo ante la ONU y la OEA.
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Desacato Presidencial
Todos los sistemas jurídicos nacionales e internacionales consagran las medidas cautelares. Colombia no es una excepción. Igualmente están previstas las medidas cautelares en los sistemas de protección de derechos humanos, tanto en Naciones Unidas, como los Sistema Europeo, Interamericano y Africano, con naturaleza diferente también la Corte Penal Internacional y la Corte Internacional de Justicia contemplan este instrumento jurídico. La razón de ser de las medidas cautelares en el mundo es que son vinculantes, y esta es una regla universal.
Corte Suprema de Justicia ratifica condena contra ocho miembros del Ejército por “falso positivo”
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena contra ocho militares por los delitos de desaparición forzada de personas, homicidio agravado, falsedad en documentos públicos, peculado por apropiación, concierto para delinquir entre otros, cometidos en el año 2008 contra de Daniel Andrés Pesca Olaya y Eduardo Garzón Páez, humildes jóvenes trabajadores, de Bogotá y Soacha, respectivamente, quienes fueron asesinados y enterrados como N.N. el 4 de marzo de 2008.
Comunicación de la CIDH sobre Medidas Cautelares al Alcalde Mayor de Bogotá, Gustavo Petro Urrego
titre documents joints Resumen del caso Gustavo Petro (PDF – 554.3 KB)
Comunicado público: Medidas Cautelares de la CIDH a favor de Gustavo Petro son de obligatorio cumplimiento
La Corporación Colectivo de Abogados ’José Alvear Restrepo’, recuerda a la opinión pública que el gobierno colombiano ha sido respetuoso de las medidas cautelares ordenadas por Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que en relación con el actual Alcalde de Bogotá, el propio Presidente de la República Juan Manuel Santos, ha manifestado que acataría las decisiones que obligan al Estado colombiano, por tanto queremos hacer énfasis en que:
En reiterada jurisprudencia la Corte Constitucional de Colombia ha sido enfática en señalar que las medidas cautelares ordenadas por la CIDH son de obligatorio cumplimiento para el Estado colombiano.
Corte Suprema deja en firme condena contra ocho militares por torturas y asesinato del profesor Gerardo Liévano García
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, ha proferido una sentencia con fecha 12 de Febrero del presente año, mediante la cual no casa la sentencia de Segunda y Primera instancia, es decir, deja en firme la condena contra varios miembros del ejército nacional pertenecientes al grupo CAES del Batallón Masa, ubicado en la ciudad de Cúcuta, por torturas y homicidio del profesor de la Unión Sindical Obrera, USO, Gerardo Liévano García, en noviembre de 1993.
Organizaciones Internacionales solicitan atención a la continuación del proceso en contra de David Ravelo Crespo
El pasado 11 de febrero se radicó ante el Tribunal Superior de Bucaramanga, (Santander), la sustentación de la demanda de casación en el marco del proceso judicial adelantado en contra del defensor de derechos humanos David Ravelo Crespo, miembro de la Corporación Regional de Defensa de los Derechos Humanos del Magdalena Medio (CREDHOS), de la ciudad de Barrancabermeja, (Colombia). En numerosas ocasiones las organizaciones y redes internacionales, abajo firmantes, hemos mostrado nuestra preocupación ante las diversas irregularidades denunciadas a lo largo del proceso judicial en contra del Sr. Ravelo, que culminó con la condena en primera y segunda instancia, a 220 meses de cárcel del reconocido defensor de derechos humanos.
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JOSÉ ALVEAR RESTREPO
Nace en Medellín el 1 de julio de 1913 en el seno de una familia de profundas convicciones religiosas y bajo los parámetros de la ideología del partido conservador. Realiza sus estudios en la Facultad de Derecho de la Universidad de Antioquia, donde se gradúa de Abogado con una brillante tesis titulada: “Conflictos del trabajo: la huelga” Leer más
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